Corrupción

La OCDE riñe a España por su escasa efectividad detectando sobornos internacionales: "Es muy preocupante"

Desde que la normativa entró en vigor en el año 2000 en España se ha condenado por soborno internacional a dos personas y a ninguna empresa | "Existen unos riesgos inmensos de corrupción por el tamaño de la economía española, resulta muy preocupante", resalta el organismo

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Alberto Muñoz

La OCDE está "extremadamente preocupada" por la escasa aplicación de España de su normativa contra los sobornos pagados en el extranjero: "Por el tamaño de la economía española y por los lugares y sectores industriales en los que operan sus empresas existen unos riesgos inmensos de corrupción, por lo que resulta muy preocupante ver que España todavía no ha sancionado a una sola compañía por soborno internacional", critica el organismo. En los más de 20 años que lleva vigente la normativa en nuestro país, solamente se ha condenado a dos personas en el marco de un único procedimiento.

Por tanto, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha decidido criticar, en un informe publicado este lunes, la cifra "particularmente baja" de casos resueltos pese a que en la última década se hayan abierto 46 nuevas investigaciones por alegaciones delictivas y se están examinando otras siete, lo que demuestra un incremento de la iniciativa de las autoridades.

Además, se asegura que se recibió "con satisfacción" la reforma del Código Penal de 2015 para revisar la figura de soborno internacional, aunque eso no haya conducido a un mayor casos cerrados, pero que hay que aumentar el periodo de prescripción de esos delitos, actualmente de cinco años, y garantizar que los criterios y el nivel de pruebas necesarios para aplicar el delito de soborno se ajuste al convenio marcado desde la OCDE.

En un año, el organismo espera recibir un informe oral por parte de España para dar detalles acerca de los avances que ha hecho para proteger a los denunciantes, y, en diciembre de 2024, un escrito sobre la aplicación de las recomendaciones hechas este lunes.

Según informa Efe, la única condena por sobornos en el extranjero desde la entrada en vigor del convenio de la OCDE en 2000 la dictó la Audiencia Nacional en 2017 contra Antonio Leal Parra y Basilio Martínez Abril, dos directivos de Aplicaciones Pedagógicas y Comercialización Editorial que fueron sentenciados a un año de prisión. Los jueces que redactaron la sentencia en la que quedaron absueltos tanto la empresa como su administradora dieron por demostrado que en 2009 ambos pagaron 70.000 euros a altos cargos del Gobierno de Guinea Ecuatorial y a fin de conseguir contratos para la edición de libros escolares.

Por su parte, España, por medio de su delegación ante la OCDE, ya ha dado una primera respuesta para intentar apaciguar las conclusiones del informe y ha asegurado que en los próximos meses se esperan sentencias en varios casos pendientes de resolución.

Además, se ha incidido en el hecho de que "la Fiscalía Anticorrupción se haya visto reforzada en los últimos años tanto en personal como en medios", y lo ilustra señalando que desde 2012 se ha pasado de 15 a 29 fiscales en la sede central y de 16 a 20 fiscales delegados.

Escasa cooperación internacional

Aun así, la OCDE, que ha sido muy dura en su informe, ha recomendado a España que "tome los pasos que sean necesarios para aumentar la detección de casos de soborno y aplicar de forma más proactiva la legislación vigente". "Con todo el respeto a la independencia judicial española deben asegurarse de que sus leyes contra las comisiones internacionales no estén sujetas en la práctica a una interpretación restrictiva por parte de su judicatura".

Unas acusaciones de las que España, a través de su respuesta, se ha defendido diciendo que "si no puede concluirse que son casos de cohecho internacional es porque no se dispone de pruebas que así lo sustenten, especialmente por falta de colaboración de otras autoridades internacionales a las que se solicita cooperación".

En ese sentido, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) sí que da la razón a España, pues, pese a que señala "el nivel de aplicación de la normativa sigue siendo extremadamente bajo", 13 de los 20 casos cerrados sin ninguna inculpación se resolvieron así porque no se obtuvo respuesta a las solicitudes de asistencia judicial a los países donde se pudo cometer el soborno o la respuesta que se recibió es que allí no se estaban investigando a personas o entidades de nacionalidad española.