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¿Qué pasará con Carles Puigdemont? ¿Habrá euroorden?

Desde finales del año pasado desde el entorno de Puigdemont se ha transmitido la idea de que el 'expresident' tiene ganas de volver a España

Los eurodiputados de Junts, Toni Comín, Clara Ponsatí y Carles Puigdemont, en el Parlamento Europeo.

Los eurodiputados de Junts, Toni Comín, Clara Ponsatí y Carles Puigdemont, en el Parlamento Europeo. / EFE

Ángeles Vázquez | J.G. Albalat

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha dado un duro revés a las pretensiones del 'expresident' Carles Puigdemontpara regresar a España. Los magistrados han avalado la actuación del Parlamento Europeo en la tramitación del suplicatorio para poder actuar penalmente contra él y han ratificado la decisión de la Cámara de levantarle la inmunidad. El exmandatario ya ha anunciado a través de Twitter que recurrirá esta resolución ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). La pelota está en el campo del juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena que deberá decidir si dicta ahora una nueva euroorden para que el exjefe de la Generalitat sea entregado para ser juzgado en España.

Las demandas

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha resuelto este miércoles las demandas presentadas por el exmandatario contra dos decisiones del Parlamento Europeo. En primer lugar, la decisión de su presidente fallecido David Sassoli de dar trámite al suplicatorio cursado en su contra por el instructor del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, y luego de su misma concesión por la Cámara. Una de las demandas está interpuesta por Puigdemont y también el eurodiputado Toni Comín, mientras que a la otra se añadió la también eurodiputada Clara Ponsatí. Estos recursos pretendían anular los actos de las instituciones de la Unión Europea que les levantaron la inmunidad parlamentaria. No lo han logrado.

La petición de amparo

El tribunal europeo ha desestimado la demanda presentada contra el escrito del presidente del Parlamento del 10 de diciembre del 2019 que respondió a la solicitud de amparo de la inmunidad a Puigdemont y Comín, porque la Cámara europea no podía considerarlos miembros sin que las autoridades españolas notificaran oficialmente su elección, lo que no se produjo por no presentarse en el Congreso para acatar la Constitución. Tanto Puigdemont como Comín habían pedido que se anulara esa decisión.

El Tribunal General argumenta que, mediante la decisión contenida en su escrito de 10 de diciembre de 2019, el presidente del Parlamento, en esencia, rehusó implícitamente comunicar al pleno la solicitud de amparo de la inmunidad de Puigdemont y Comín, pero considera que, en cualquier caso, esa decisión de amparo no podía producir efectos jurídicos obligatorios, de modo que esa negativa implícita (al igual que habría ocurrido con una hipotética decisión de amparar la inmunidad que se hubiera adoptado) no constituye un acto recurrible.

El aval a los suplicatorios

En una segunda sentencia, el Tribunal General ha rechazado los argumentos de Puigdemont, Comín y Ponsatí contra las decisiones del Parlamento que condujeron a admitir los suplicatorios y, por tanto, a suspender su inmunidad. En particular, las alegaciones referentes a que el Parlamento Europeo incurrió en error al concluir que el proceso judicial no se incoó con la intención de dañar la actividad de los eurodiputados, que se presentan como víctimas de una persecución ideológica.

La resolución expone que para llegar a esa conclusión, la Cámara europea se basó en diversos elementos, entre ellos que los hechos imputados se cometieron en 2017, mientras que los diputados adquirieron la condición de eurodiputados el 13 de junio de 2019. Fueron procesados el 21 de marzo de 2018, es decir, en un momento en que la adquisición de la condición de diputado europeo "era hipotética". Pero, además, según los magistrados, al examinar un suplicatorio de suspensión de la inmunidad, no corresponde al Parlamento analizar la legalidad de los actos judiciales españoles, competencia exclusiva de las autoridades nacionales. Tampoco el Parlamento Europeo puede adoptar decisiones de amparo de la inmunidad con efectos jurídicos vinculantes para las autoridades judiciales españolas.

El Tribunal General también rechaza el alegato de que el Parlamento había violado el principio de imparcialidad y recalca que la designación del ponente encargado del suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Puigemont fue designado por la Comisión de Asuntos Jurídicos "conforme al turno de igualdad de condiciones". Es irrelevante, entiende la justicia europea, que ese ponente esté adscrito al grupo político europeo de los conservadores y reformistas, al que pertenece Vox.

Los recursos

Carles Puigdemont ha anunciado este miércoles a través de tuit que recurrirá las sentencias del Tribunal General de la UE ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). “Nada se acaba, bien al contrario. Todo continúa. Presentaremos recurso al TJUE y defenderemos hasta el final nuestros derechos fundamentales, que son también los derechos fundamentales de los catalanes y los europeos”, escribió en el mensaje. “Cierto que trabajamos duramente para obtener otra sentencia, pero también estábamos preparando el camino a seguir en el caso que el resultado fuera el que hoy se ha comunicado”, precisaba.

El recurso de casación puede interponerse en un plazo de dos meses y 10 días a partir de la notificación de las sentencias. A partir de su interposición, el TJUE analizará los argumentos y deberá tomas una decisión, que tardará unos meses. Por lo tanto, es posible que el fallo final se conozca a las puertas de las elecciones europeas, convocadas del 6 al 9 de junio del 2024 en los países comunitarios. Falta por saber si Puigdemont, Comín y Ponsatí volverán o no a presentarse a estos comicios.

¿Qué puede ocurrir ahora?

Con las sentencias del Tribunal General el juez Pablo Llarena ha visto reforzada su pretensión de tratar de conseguir la puesta a disposición de la justicia española de los eurodiputados huidos, por lo que tiene manos libres para volver a cursar euroórdenes contra ellos para tratar de lograr su entrega, una vez le sea solicitado por la fiscalía o la Abogacía del Estado. La petición esta vez se producirá por los delitos de desobediencia y malversación en su modalidad más grave, delito incluido entre los de la corrupción, lo que podría suponer su entrega de forma más o menos automática.

Por su parte, el expresidente catalán se verá obligado a retrasar su vuelta a España, al menos hasta que el Tribunal de Justicia de la UE resuelva los recursos que este mismo miércoles anunció que interpondrá para tratar de recuperar su inmunidad. Con este fallo en la mano, Puigdemont tiene todas las papeletas para ingresar en prisión si visita Catalunya.