Los dos acusados de la muerte a golpes del joven Alejandro Pavía, de 24 años, a las puertas de un pub en Xaló han sido declarados culpables de homicidio con la agravante de abuso de superioridad. Este fue el veredicto emitido ayer tarde por el jurado popular y tanto la acusación particular como el fiscal solicitaron que sean condenados a sendas penas de 15 años de prisión. A petición de las acusaciones, la magistrada presidenta del tribunal de jurado acordó el ingreso en prisión de los dos procesados, dada la elevada pena que se les puede imponer y por el riesgo de fuga. Por estos hechos ya fue condenado un menor, pero por homicidio imprudente, no doloso como en este juicio.

El jurado popular emitió el veredicto de culpabilidad con ocho votos a favor de los nueve miembros del tribunal y en el mismo mostraron su oposición, por unanimidad, tanto a la concesión del indulto a los acusados como a la suspensión de la ejecución de la pena.

Discusión

El jurado popular, aunque reconoce que se desconoce el autor de la patada en la cabeza a la víctima, sí ha estimado probado que los dos acusados participaron en la agresión a golpes que causó la muerte de Alejandro el 27 de marzo de 2017. La agresión se produjo a raíz de una discusión entre dos grupos de personas por «comentarios inadecuados» a unas mujeres que estaban con Alejandro.

Además de los 15 años de prisión, el fiscal reclama una indemnización de 75.000 euros para cada uno de los padres del fallecido. Por su parte, la acusación particular ha pedido que los acusados indemnicen con 100.000 euros a cada uno de los padres del fallecido y con 50.000 euros al hermano de la víctima.

Por su parte, las defensas, una de ellas ejercida por el abogado Francisco González, solicitaron a la magistrada que imponga la pena mínima legal prevista y que no supere los 12 años de prisión. La acusación particular solicitaba inicialmente 25 años por delito de asesinato y la rebajó a 15 por delito de homicidio en el juicio celebrado esta semana en la Audiencia.

Informes

A pesar de los informes periciales contrapuestos sobre la causa de la muerte de Alejandro, el jurado popular ha estimado más convincente el estudio pericial encargado por la acusación particular, que sostenía que falleció a causa de un traumatismo craneoencefálico severo, mientras que los forenses afirmaron en el juicio que ninguna de las lesiones tenía entidad para causar la muerte.

El tribunal popular ha declarado probado que el traumatismo craneoencefálico fue causado por varios impactos sucesivos en la cabeza y cuerpo durante un corto periodo de tiempo.

Por otro lado, el jurado popular no ha considerado probado que los procesados tuvieran mermadas sus facultades el día de los hechos a causa de la ingesta de alcohol.