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El TSJ rechaza indemnizar a la firma que quería urbanizar l'Ombria del Molí

La empresa solicitaba 34 millones al Ayuntamiento de Xeresa y a la Generalitat por los perjuicios económicos causados al no poder construir una urbanización cuando ya había comprado los terrenos

El TSJ rechaza indemnizar a la firma que quería urbanizar l'Ombria del Molí

La justicia vuelve a dar la razón al Ayuntamiento de Xeresa y a la Generalitat Valenciana frente a una empresa promotora que adquirió unos terrenos en l'Ombria del Molí para construir una gran urbanización de entre 300 y 500 viviendas. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por Promocasa Safor SL, que solicitaba a ayuntamiento y Generalitat una indemnización de 34 millones de euros por no haber podido desarrollar la urbanización, ya que el ayuntamiento cambió la clasificación de los terrenos cuando la empresa ya los había adquirido.

Una larga batalla judicial

Los hechos se remontan a septiembre de 1998, cuando Xeresa aprobó un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que permitía la construcción de urbanizaciones en l'Ombria del Molí en el plazo de dos años. En 2003, la empresa Promocasa Safor SL, que ya había adquirido los terrenos, presentó un Programa de Actuación Integrada (PAI) para la construcción de 300 a 500 viviendas en el paraje, en la falda del macizo del Mondúver.

A finales de 2004, el pleno del Ayuntamiento de Xeresa, gobernado entonces por el PP de Cipriano Fluixà con mayoría absoluta, aprobó dicho PAI. Pero poco después, en marzo de 2005, y por un recurso de reposición presentado por el grupo municipal del Bloc, el mismo pleno anuló la aprobación del PAI porque faltaba la cédula de urbanización de la Conselleria de Territorio y Vivienda, que no la concedió a la empresa promotora por «defectos graves» de la propuesta urbanizadora. Promocasa recurrió todas estas decisiones, y en 2007 alegó que obtuvo la cédula de urbanización por silencio administrativo.

En 2009, el Ayuntamiento, gobernado ya por el Bloc, finalizó el proceso de desclasificación de los 189.000 metros cuadrados del paraje, revirtiéndolo de suelo urbanizable a no urbanizable protegido forestal, por lo que se impedía la posibilidad de edificar. Todos los grupos políticos municipales respaldaron la decisión, que fue refrendada por la Conselleria.

Comenzaba así una larga carrera ante los tribunales por parte de la empresa. Por ejemplo, en 2009, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo dio la razón al Ayuntamiento y a la Generalitat, al desestimar el recurso de la empresa. Y con esta nueva sentencia, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ vuelve a desestimar un recuso de la promotora, que exigía una indemnización de 34 millones de euros. Además, le obliga a pagar las costas del proceso. La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Interés paisajístico

La zona donde se iba a construir la urbanización tiene un indudable interés ecológico y paisajístico. L'Ombria del Molí suma una extensión de 189.135 metros cuadrados, y una tercera parte de ellos están incluidos en la declaración de Lugar de Interés Comunitario del Macizo del Mondúver, que forma parte de la Red Natura 2000 de la Unión Europea.

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