¿Me pueden multar por colgar un ambientador en el retrovisor?

La conducción debe ser segura para el conductor, los ocupantes del vehículo y los usuarios de la vía

¿Me pueden multar por colgar una mascarilla, ambientador, cinta o cualquier objeto en el espejo retrovisor del interior de mi vehículo? La respuesta a esta pregunta es sí. Los conductores que cuelguen en el retrovisor cualquier tipo de objetivo serán susceptibles de recibir una multa por los agentes de tráfico, siempre y cuando lo consideren oportuno.

Muchos conductores son ajenos a esta norma, por lo que es muy habitual ver en los espejos interiores de los coches varios tipo de objetos.

En la normativa no queda detallado el tamaño exacto que puede tener el objeto colgado en el retrovisor y que pueda dificultar la visibilidad, por lo que serán los agentes de tráfico quienes decidan si es susceptible de sanción o no. El campo de visión del conductor es importante que esté despejado hacía delante y ningún objetivo debe restar visibilidad al conductor, así de claro es el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación.

Qué dice el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación

El artículo del reglamento es claro al respecto, la visibilidad del conductor es fundamental para mantener su propia seguridad y la de los demás usuarios de la vía, así como los ocupantes que pueda llevar en su vehículo.

El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11, número 2, del texto articulado).

Esta es la cantidad que tendrás que pagar si te multan

Llevar objetos en el retrovisor interior puede ser susceptible de multa, así la cantidad que tendrás que pagar si los agentes de tráfico te paran y te multan será de 200 euros sin pérdida de puntos del carnet.