Culpable de estrangular a su mujer en Mislata y provocar un incendio para encubrir su crimen

El jurado popular considera probado que el expolicía local asesinó a su esposa aprovechando que estaba ebria

Culpable de estrangular a su mujer en Mislata y provocar un incendio para encubrir su crimen

Ignacio Cabanes

Hace veinte años logró eludir una condena por una violación estando en acto de servicio como Policía Local de Mislata después de que la víctima muriera como consecuencia de un incendio originado dos días antes del juicio en extrañas circunstancias. Ahora un jurado popular lo acaba de declarar culpable de estrangular a su esposa en la Nochebuena de 2020 y tratar de ocultar su crimen provocando un incendio. De nuevo el fuego como protagonista en el triste final de una víctima de este presunto asesino machista.

Sin apenas inmutarse lo más mínimo Juan José G. H. ha escuchado el contundente veredicto del jurado, que lo ha encontrado culpable por unanimidad del asesinato de su esposa, María Amparo Cortés, de 58 años.

El jurado ha considerado acreditado cada uno de los puntos que recogía el fiscal en su informe, entre ellos que se aprovechó del estado de ebriedad de su víctima. Así, el acusado se enfrenta a una petición de pena de 40 años de prisión, concretamente 25 por un delito de asesinato con la agravante de parentesco (también probada y que no admitía dudas al ser su pareja) y 15 años por el delito de incendio con riesgo para las personas.

Por su parte la defensa, ejercida por el letrado Víctor Soriano, ha solicitado que la magistrada le imponga la mínima pena posible y una vez sea dictada la sentencia analizará el posible recurso.

El jurado ha declarado probado que en la Nochebuena de 2020 Juan José G. H. acabó con la vida de su esposa “cogiéndole del cuello y comprimiéndoselo hasta dejarla sin respiración, provocándole la muerte por asfixia”. También consideran acreditado que la víctima se encontraba en estado de ebriedad, como así demuestran los informes de Toxicología que hallaron una tasa de 2.16 g/l de alcohol en sangre.

El acusado se habría aprovechado de esta situación de vulnerabilidad de su mujer para cometer su crimen, ya que debido al estado de ebriedad que presentaba “le era imposible o muy difícil defenderse”. Con ello se prueba la circunstancia de alevosía y por lo tanto el delito de asesinato.

Para encubrir los hechos prendió fuego a la vivienda. Aunque el veredicto no entra a valorar si utilizó algún tipo de acelerante de la combustión, lo que sí acredita es que él es el autor del incendio originado en una zona cercaba a uno de los sillones del salón de la vivienda. De esta forma, dejó que el fuego se desarrollada en esa habitación y en el resto del domicilio “sabiendo que suponía un riesgo para la vida o integridad de las personas que en ese momento pudieran encontrarse en el edificio”.

Los jurados han fundamentado su veredicto de culpabilidad entre otras cuestiones en los informes de los forenses que determinaron sin género de dudas que la víctima murió por una asfixia mecánica, tras hallar nueve marcas en el cuello compatibles con un estrangulamiento. Hasta llegar a esta conclusión los especialistas del Instituto de Medicina Legal de València fueron descartando una a una todas las posibles causas de muerte, como informó Levante-EMV.

También ha pesado en el veredicto del jurado la actitud mostrada por el acusado la noche de los hechos y en días posteriores, así como la llamada que efectuó al teléfono de emergencias 112 alertando del incendio, (que pueden escuchar en el vídeo adjunto a esta noticia). Los especialistas en Análisis de la Conducta de la Unidad Central de la Policía Nacional señalaron que la falta de emoción y el hecho de que no indicara que su mujer podía estar dentro hasta pasados 50 segundos, y cuando ya fue preguntado por el operador, les llevó a concluir que la llamada no era creíble.

Asimismo, los miembros del jurado popular se han pronunciado en contra de la posibilidad de que se le conceda la suspensión de la ejecución de la pena y en contra del indulto total o parcial del condenado.

Una vez esclarecido el asesinato de Amparo, y aunque el posible homicidio de Trinidad –la víctima de la violación de 1998 por la que fue absuelto el expolicía– ya haya prescrito, el fallo de la Audiencia Provincial pondrá Justicia a las muertes de estas dos mujeres con demasiadas cosas en común. Un sillón, alcohol y fuego.