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Impuesto de Bienes Inmuebles

El consistorio admite que no puede cobrar el IBI a la Iglesia

El Concordato de 1979 y la «Ley de Mecenazgo» de 2002 lo impiden

Oficinas y zona residencial del Arzobispado de Valencia. Levante-EMV

El Ayuntamiento de Valencia ha reconocido las dificultades, casi infranqueables, que existen para cobrar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los locales de la Iglesia Católica y del resto de confesiones religiosas. El Concordato de 1979 blinda aquellos edificios dedicados al culto y además una ley de 2002 extiende ese blindaje a todas las propiedades de la Iglesia, incluidas aquellas que generan un beneficio económico a la institución, pues entiende que su uso posterior es un uso social. Sólo en el caso de estar sujetos al impuesto de sociedades se le podría aplicar el impuesto municipal, pero no es el caso.

De la coalición de gobierno del Ayuntamiento de Valencia, los tres partidos que la integran (Compromís, Partido Socialista y València en Comú) abogaban en sus programas por cobrar el IBI a la Iglesia Católica, particularmente a los bienes que no se dedicaran al culto. Según la asociación Europa Laica, sólo en la capital la Conferencia Episcopal maneja 1.280 propiedades, de las cuales apenas un 18% están relacionadas con el culto. El resto son edificios vinculados a fundaciones o dedicados a diferentes actividades por las que cobran elevados alquileres, entre ellas tiendas de ropa, restaurantes, librerías, bancos, hostales, concesionarios de coches o clínicas dentales. Si esos locales pagarán el IBI, el ayuntamiento ingresaría cerca de 1 millón de euros al año.

No es extraño pues, que cuando el concejal de Hacienda dio cuenta de la política fiscal para el próximo año, se echara en falta una respuesta a esta cuestión.

Según Ramón Vilar, en su deseo de incrementar la recaudación del IBI sin gravar más a los vecinos, se planteó desde el principio la posibilidad de pasar el recibo a la Iglesia. Eso, sin embargo, no es posible ni parece que vaya a serlo mientras no cambie la legislación actual.

Doble blindaje

Según Vilar, el Concordato con la Santa Sede, firmado en 1979, exime de pagar impuestos por todos los locales de culto, tanto a la Iglesia Católica como al resto de confesiones religiosas. Pero además, en el año 2002 el Gobierno de José María Aznar aprobó la Ley de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos, conocida como Ley de Mecenazgo, que blinda también aquellas propiedades que no sean de culto y que incluso generen beneficios a la entidad, ya que su destino final seguirá siendo «social».

De hecho, otras autonomías que han intentado legislar contra esta norma, entre ellas Navarra, se han topado con el Tribunal Supremo y con el Constitucional.

En estas condiciones, Ramón Vilar considera muy complicado poder cumplir su propósito. «Lo estamos estudiando y estamos viendo si queda algún hueco por el que podamos actuar, pero está realmente difícil», asegura el concejal de Hacienda, quien ve como única solución ganar las elecciones generales del próximo otoño y cambiar la ley.

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