El juzgado de lo penal número 15 ha condenado al expresidente del Partido Popular de Alberic Blai Albarracín a nueve meses de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de una orden de alejamiento, en una sentencia de conformidad fechada el pasado 14 de octubre, en la que el magistrado concede a Albarracín la suspensión de la pena con la condición de que no incurra en ningún delito en el plazo de tres años y cumpla con una multa de ocho meses a razón de cinco euros de cuota diaria.
El juzgado de instrucción número dos de Xàtiva impuso esta medida cautelar a Albarracín el 31 de julio de 2014, en un procedimiento por malos tratos a su esposa en el que está imputado. La orden de alejamiento establecía la prohibición de aproximarse a una distancia inferior de 200 metros a su esposa, a su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro sitio que fuera frecuentado por ella, así como la prohibición de pisar la localidad de Xàtiva.