El Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, regula las inspecciones técnicas de vehículos realizadas por las estaciones de ITV habilitadas por las comunidades autónomas. Según esta norma, cualquier coche revisado en estos centros podría circular "legalmente" por territorio nacional sin poder ser sancionado. Desde 2004, la Comunitat Valenciana tiene una legislación que exige unos requisitos superiores a los que se piden en el resto de autonomías y que obliga a los automóviles turismo a llevar una certificación de que no superan el límite de contaminación acústica marcado por la Generalitat.

En las ITV valencianas esta certificación sobre contaminación acústica se realiza en la inspección rutinaria. Pero, ¿qué pasa con los coches que acuden a estaciones de comunidades autónomas limítrofes? Pues que podrían circular por cualquier autonomía de España sin ningún problema pero pueden ser multados en la Comunitat Valenciana porque su inspección técnica no contempla "la prueba de comprobación sonora".

Según explicaron ayer desde la Conselleria de Industria, estos vehículos que han pasado la inspección técnica en ITV de otras autonomías deben pasar también una revisión sobre la contaminación acústica. Según aseguraron, esta prueba "extra" cuesta 9,30 euros más IVA, es decir, 10,97 euros. De no tener esta documentación en regla, estos turismos podrían ser sancionados en cumplimiento de la Ley de Contaminación Acústica, como le pasó a un valenciano multado por la Policía Local de Riba-Roja que le interpuso 260 euros de sanción.

Como ya explicó ayer este periódico, este requisito es sólo para vehículos que pagan sus impuestos en la Comunitat Valenciana por lo que los turismos de otras autonomías no podrían ser sancionados. Esta normativa está contemplada en el Decreto 19/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat por el que se establecen normas para el control del ruido producido por los vehículos a motor y su posterior modificación en el Decreto 43/2008.

Esta última modificación de la Generalitat agudiza la presión sobre los vehículos que superan los límites de contaminación acústica. De hecho, las ITV valencianas están obligadas a avisar a la Jefatura Provincial de Tráfico y al Ayuntamiento donde está domiciliado el vehículo de los incumplimientos en esta materia para que actúen en consecuencia. "En el supuesto de que transcurrido el plazo de dos meses para efectuar nueva comprobación, no se hubiese efectuado ésta, la estación ITV comunicará en el plazo máximo de diez días hábiles dicha circunstancia a la Jefatura Provincial de Tráfico para su conocimiento, así como al Ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación del vehículo, a los efectos de que éste califique la infracción conforme al artículo 55 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Protección Contra la Contaminación Acústica, y, en su caso, acuerde la iniciación de procedimiento sancionador", refleja la normativa.

En la actualidad, esta legislación no se está aplicando de manera generalizada y son sólo casos aislados, como el de Riba-Roja, los que no tener la inspección sobre contaminación acústica ha acarreado sanción. Aun así, miles de vehículos de residentes en la Comunitat Valenciana que han pasado sus ITV en estaciones de otras autonomías deberían pasar "la prueba de comprobación sonora", de lo contrario podrían recibir una sanción administrativa.

Por su parte, desde la Conselleria de Industria aseguraron que las tarifas de las ITV valencianas están congeladas desde 2010 hasta el 31 de marzo de 2013.

Las estaciones castellanomanchegas defienden sus revisiones

Las estaciones de ITV de Castilla-La Mancha donde acuden cientos de valencianos a pasar la revisión defendieron ayer la validez de sus inspecciones técnicas. Como marca el Real Decreto 224/2008, articulo 9, "todo usuario de vehículo eligirá libremente la estación de ITV donde desee realizar la inspección técnica de vehículos, entre las habilitadas por comunidades autónomas".

Según explicaron desde la ITV 1603 de Motilla del Palancar, todas las estaciones se ciñen al "Manual de Procedimiento de Inspección de las

estaciones ITV" que publica el Ministerio de Industria. De hecho, en esta autonomía están acreditadas por la entidad Nacional de Acreditación que recoge el cumplimiento con el ISO 17.020 y que fija los estándares para realizar las inspecciones técnicas de vehículos. Esta revisiones son válidas para circular por toda España, aunque en el caso de los vehículos valencianos deben tener también una inspección sobre contaminación acústica. s. pitarch valencia