Ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) las dos partes -Ayuntamiento de Paterna y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas- expusieron sus argumentos legales. El consistorio alegó motivos urbanísticos y la Generalitat defendió un nuevo modelo residencial de la infancia y adolescencia en situación de desprotección «que apuesta con una atención más proxima e individualizada» con la apertura de centros más pequeños que se parezcan lo máximo posible a hogares».

Así, ese interés municipal basado en motivos urbanísticos choca con el interés autonómico de «protección» a los menores y jóvenes tutelados por el Consell. Para solventar las prioridades a tener en cuenta, el juez no lo duda y hace alusión al denominado «interés superior del menor» que afirma: «Todo menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones o decisiones que le conciernan, tanto en el ámbito público como privado. En la aplicación de la presente ley y demás normas que le afecten, así como en las medidas concernientes a los menores que adopten las instituciones, públicas o privadas, los Tribunales o los órganos legislativos primará el interés superior de los mismos sobre cualquier otro interés legístimo que pudiera concurrir».

La sentencia refleja que desde la dirección general de la Infancia afirman que existen «1.968 niños, niñas y adolescentes bajo la tutela de la Generalitat Valenciana. De estos, 441 se encuentran en acogimiento residencial en diferentes centros de la provincia.Además, hay 268 menores en situación de guarda, de los que 176 se encuentran en acogimiento residencial».