Las medidas adicionales para 31 municipios de la Comunitat Valenciana destinadas a intentar frenar el avance de la pandemia de coronavirus entran en vigor a las 00.00 horas del 31 de octubre y estarán vigentes 14 días naturales. Son medidas que aumentan las limitaciones de aforo en ámbitos donde la transmisión del virus puede ser superior por la mayor concentración de personas, y medidas específicas por sectores, para reducir el impacto de la pandemia y evitar el desbordamiento del sistema sanitario, según la resolución de la Conselleria de Sanidad.

Restricciones: Municipios afectados

  • En Castellón: Morella, Nules, Onda y Vinaròs.
  • En Valencia: Algemesí y Guadassuar
  • En Alicante: Crevillent, Elche, Elda, Ibi, Muro de Alcoi, Petrer, Pinoso y los 18 municipios del departamento de salud de Orihuela: Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejúzar, Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Granja de Rocamora, Jacarilla, Orihuela y sus pedanías, Rafal, Redován y San Isidro.

  Cierre perimetral: Las medidas adicionales para los 31 municipios de la C. Valenciana

  1.   Velatorios y entierros: se limita el aforo a un tercio, con un máximo de 25 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados.
  2. Celebraciones, bodas: no se puede superar el 30 por ciento del aforo, con un máximo de 30 personas, sean al aire libre o en espacios cerrados.
  3. Comercios minoristas: se reduce a un tercio el aforo de los establecimientos, con independencia de su superficie útil de exposición y venta. Los mercadillos podrán instalar hasta un 50 % de los puestos autorizados.
  4. Centros y parques comerciales: se limita el aforo a un tercio en los locales, no se podrá permanecer en las zonas comunes y se cierran las zonas recreativas, como parques infantiles.
  5. Hostelería y restauración: se reduce al aforo a un tercio dentro del local y al 50 % en las terrazas. No se permiten los servicios tipo self-service o bufet.
  6. Hoteles y alojamientos turísticos: aforo de un tercio. En los alojamientos que ofrecen habitaciones colectivas, las personas pertenecientes a distintos grupos de convivencia no podrán pernoctar en la misma estancia.
  7. Bibliotecas, museos, salas de exposiciones y visitas a monumentos: se permiten actividades siempre que no se superen el 50 % de su aforo.
  8. Cines, teatros y auditorios: no se puede superar el 50 % del aforo autorizado; se recomienda no comer ni beber en el interior de las salas, y las entradas han de ser numeradas y los asientos preasignados con identificación de las personas que los ocupen.
  9. Actividad deportiva no profesional: dentro de las instalaciones no se puede superar un tercio del aforo, no se permite el uso de vestuarios ni duchas y las competiciones serán sin público.
  10. Guías turísticos: actividades con cita previa preferentemente y máximo de seis personas.
  11. Centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios: aforo del 50 % en instalaciones cerradas y al aire libre.
  12. Congresos y reuniones de negocios: límite de un tercio del aforo.
  13. Locales de juego y apuestas: límite de un tercio del aforo y ocupación máxima por mesa de seis personas.
  14. Piscinas recreativas: un tercio de aforo para las piscinas cerradas y del 50 % al aire libre. No se pueden usar duchas ni fuentes de agua.
  15. Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada: un tercio del aforo.
  16. Personas mayores y con discapacidad: en los centros residenciales se suspenden las visitas (se mantienen las estrictamente necesarias por razones médicas). Se podrá autorizar el acercamiento de familiares con cita previa para contacto visual, sin contacto físico y al aire libre siempre que sea posible. La actividad en estos centros podrá impartirse de modo presencial siempre que no se supere un tercio del aforo. Se suspende a actividad de los centros de día.

  

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Actividades festeras

  También se ha publicado la resolución de la Conselleria de Sanidad con medidas adicionales para las actividades festeras (como es el caso de los casales de las fallas) tradicionales que se celebran en la Comunitat Valenciana, que pasan a ser consideradas reuniones de carácter social y por tanto no podrán reunir a más de 6 personas. Esta medida entra en vigor este viernes y estará vigente mientras lo esté la resolución de la Conselleria de Sanidad que adopta las medidas establecidas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de prevención frente a la covid-19.