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El Supremo decidirá si el plan del litoral cuenta con los informes suficientes

El alto tribunal admite el recurso de la Generalitat contra la decisión del TSJCV de febrero de anular el Pativel por tres motivos formales

Daños en El Perelló por los temporales, que se agravarán, según los expertos, sin el Pativel. | VICENT M. PASTOR

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Generalitat contra la anulación del Pativel (Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral) acordada por el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) el pasado mes de febrero tras el recurso de una inmobiliaria. La admisión a trámite supone que el alto tribunal ve motivo de casación para examinar la decisión del TSJCV que dio por válidos los argumentos del recurso de la promotora y anuló el Pativel por tres motivos formales.

El tribunal valenciano consideró insuficientes o que no se aportaban «un estudio económico-financiero que refleje los costes de implementación del Pativel y la repercusión económica que comporta para las propiedades afectadas y para los municipios» que debían ejecutarlo. Un segundo motivo fue el «incumplimiento de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres al no incluir un informe de evaluación del impacto por razón de género». Y, por último, que «el plan no se haya sometido a una verdadera evaluación ambiental y territorial estratégica y omita las distintas alternativas posibles».

Jurisprudencia equivocada

La Abogacía de la Generalitat alegó al anunciar el recurso que ahora se ha aceptado al considerar que el tribunal valenciano aplicó en su fallo jurisprudencia equivocada ya que se basó en el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de septiembre de 1978, de ámbito estatal, que entró en vigor en octubre de ese año. Dos meses antes de que se votara (6 de diciembre de 1978) y entrara en vigor (29 de diciembre de 1978) la Constitución Española.

Al hilo de este detalle, la Generalitat también considera que la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV «no razona por qué aplica normativa estatal en una materia (ordenación del territorio y urbanismo) sobre la que la comunidad autónoma tiene plenas competencias y ha aprobado normativa al efecto».

Ahora serán los magistrados de la sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo quienes decidan si los informes incluidos por la Conselleria de Política Territorial en el Pativel eran suficientes para la tramitación y aprobación del Pativel.

El conseller de Política Territorial Arcadi España consideró ayer una «buena noticia» la decisión del Supremo de admitir el recurso porque «el Pativel permite un crecimiento sostenido y la protección de nuestro entorno, lo cual es una garantía de futuro para tener una Comunitat Valenciana más resiliente y más preparado para afrontar los retos del cambio climático».

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