La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas Mónica Oltra declarará el próximo 6 de julio como investigada, antes imputada, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) por la gestión del caso de los abusos sexuales de su entonces marido a una menor tutelada por la Generalitat entre 2016 y 2017. Una decisión adoptada ayer por los magistrados la sala de lo civil y penal del TSJCV Pilar de la Oliva, Antonio Ferrer (ponente) y Vicente Torres y que pone fin a dos meses y medio de incerteza sobre el futuro judicial de la vicepresidenta. El 1 de abril el titular del Juzgado de Instrucción 15 elevó una exposición motivada al TSJCV para que decidiera si debía citar a declarar a Oltra, por su condición de aforada, tras "surgir una serie de indicios que en su conjunto ponen en evidencia que diferentes funcionarios de la Conselleria de Igualdad pudieran haberse concertado con el fin de ocultar o dificultar la investigación de los abusos sexuales de su entonces marido a una menor tutelada por la Generalitat". Los abusos fueron reconocidos en una sentencia de la sección segunda de la Audiencia de València, ratificada por el TSJCV y pendiente de un recurso ante el Tribunal Supremo.

El TSJCV asume esta tesis y la de la Fiscalía Superior y considera que existen indicios de un "concierto" entre la consellera de Igualdad y los 13 funcionarios y trabajadores del centro de menores investigados. "Un concierto que tendría por objeto, bien directamente proteger al marido en aquellas fechas de Mónica Oltra, o bien, proteger la carrera política de esta última". De ahí que consideren "imprescindible citar en calidad de investigada" a la vicepresidenta Mónica Oltra "con el fin de agotar la instrucción" sobre los hechos investigados desde 2021 por el Juzgado de Instrucción 15 de València y que la Fiscalía Superior considera constitutivos de los presuntos delitos de "prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos".

De hecho, sobre este supuesto "concierto" entre la titular de Igualdad y los funcionarios, el TSJCV asegura que "puede que los diferentes trámites y expedientes llevados a cabo en el seno de la conselleria, considerados en abstracto y de una forma aislada no puedan entenderse ilegales e incluso irregulares", Pero se trata de decisiones (desde que la adolescente tutelada comunica los abusos hasta que finalmente la denuncia llega a la Fiscalía de Menores) que, según el TSJCV, "si las valoramos en su conjunto poniéndolas en relación con su contenido y su oportunidad, ya nos hace pensar que han sido elaborados con un propósito muy concreto, completamente alejados de la finalidad para los que fueron concebidos, al estar según nos relata el instructor, todos ellos vinculados de una manera directa a un propósito muy preciso, ya de una muy dudosa legalidad, cual es beneficiar la situación procesal del marido de la señora Oltra, o bien sencillamente tratar de proteger la carrera política de esta, aun cuando ello se hiciera en perjuicio de una menor tutelada por la Conselleria de Igualdad".

Los tres magistrados del TSJCV admiten que es "cierto que no existe prueba directa que vincule esos singulares trámites con la aforada (Mónica Oltra), pero sí que concurren unos indicios plurales, que en principio hacen pensar que fueron orquestados precisamente con ese fin, tanto por la persona a quien directamente beneficiarían como por la propia relación que presentan con la evolución del proceso penal que trataron de obstaculizar", en referencia al retraso de la Conselleria de Igualdad en comunicar los abusos que sufrió la menor a la Fiscalía de Menores.

Pero frente a esta falta de "prueba directa" los magistrados contraponen las "declaraciones publicas efectuadas por la señora Oltra, tanto en el seno de las Corts como ante los medios de comunicación, en los que se atribuye la orden de la incoación del expediente reservado (para investigar los abusos de su marido sobre la menor)" y que los magistrados consideran "indicios plurales". La vicepresidenta del Consell aseguró a los periodistas el 7 de marzo que "ese infome, el expediente, lo encargué yo, dejen a la gente en paz. Yo encargué el expediente informativo porque necesitaba saber qué había pasado, se lo dije a la Directora General y la Directora General dijo: “oiga averígüese aquí que ha pasado". En su escrito de defensa Oltra achacó esta intervención a "unas declaraciones claramente condicionadas por la sensación de injusticia e impotencia que sentía al pensar que esa imputación no era más que la instrumentalización penal que estaba conllevando poner en tela de juicio la profesionalidad de todas las funcionarias y funcionarios de la consellería que habían tenido intervención, así como de los distintos profesionales intervinientes". 

Al respecto, los magistrados del TSJCV consideran "cierto que ahora puede que [Oltra] se trate de desvincular de sus anteriores afirmaciones, pero no por ello deja de ser un elemento a considerar. Como también lo es que resulta ciertamente increíble que algunos de los investigados se enteraran de los abusos y de la posible imputación de quien resultó ser el marido de la señora Oltra por la prensa". Y más, si se tiene en cuenta un dato inédito hasta ahora: Oltra "afirmó que, por un afán de trasparencia, comunicó al inicio de su mandato en la conselleria, tanto oralmente como por escrito, su relación con el señor Ramírez Icardi y su trabajo como educador, lo que nos hace pensar que era una circunstancia perfectamente conocida en ese ámbito". Como corrobora, contínúan los magistrados, el temor manifestado por la menor abusada y su entonces novio quienes manifestaron sus miedos al relatar los abusos a los agentes del Grume (Grupo de Menores de la Policía) porque "el educador era el marido de un persona muy importante que salía en la tele por lo que temían que no les fueran a hacer caso". Otra sospecha que, para los magistrados del TSJCV, supone que Oltra "en contra de lo afirmado conoció estos hechos desde el principio, bien por comunicación de alguno de sus subordinados, bien por sencillamente comentárselo su marido, con quien no olvidemos en esos momentos convivía".

Por último, la Sala asume la causa en su integridad respecto a los 13 investigados, altos cargos e intermedios de la Conselleria de Igualdad y trabajadores del centro de menores donde ocurrieron los hechos, al considerar que existe en este momento en todos ellos “una conexidad inescindible”.

La decisión del TSJCV se produce después del escrito en el que la Fiscal Superior, en base a la exposición razonada de hechos realizada por el Juzgado de Instrucción número 15 de València, veía indicios de un «plan preestablecido» para ocultar y desacreditar los abusos relatados por la menor. Así habla de una supuesta orden verbal que «no fue escrita, dada su flagrante ilegalidad», y que habría dado Mónica Oltra como superior jerárquica de todos los funcionarios investigados y dirigida a los mismos para que incoaran una información paralela a la judicial «con objeto de desvirtuar la credibilidad de la menor».

Por el contrario, la vicepresidenta había solicitado al TSJCV que archivara la causa contra ella porque "no existen indicios objetivos de criminalidad que justifiquen la apertura de un proceso penal". En su primer recurso formal, tras personarse en la causa el 19 de mayo, la vicepresidenta aseguraba que no ordenó abrir el expediente sobre los abusos de su ex marido a una menor tutelada (hechos condenados por la sección segunda de la Audiencia de València y pendiente de un recurso ante el Supremo). "Ningún funcionario de la Generalitat, ni trabajadores de entidades colaboradoras recibieron orden, sugerencia, indicación o consigna, ni directa ni indirectamente, por parte de doña Mónica Oltra para que se actuara de una u otra forma y en concreto para que se aperturase un expediente informativo o para que ocultase datos de la investigación o perjudicase de alguna forma a la menor".

Si el Supremo absuelve al ex marido la causa seguiría

La sentencia de la sección segunda de la Audiencia de València, que condenó al exmarido de Mónica Oltra a cinco años de cárcel, por los abusos sexuales a una menor tutelada por la Generalitat, está pendiente de un recurso ante el Tribunal Supremo, tras ser ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). Una posible nueva anulación del juicio o absolución del monitor no modificaría demasiado la situación procesal de la vicepresidenta Oltra y los 13 funcionarios investigados. «Quizá nos impida hablar de un delito de encubrimiento, que en el caso de adquirir firmeza [la condena al ex marido] podría valorarse en un futuro». Pero no impide «entrar a valorar los delitos imputados por el Ministerio Fiscal: impedir una investigación, no dar a la menor la debida protección que su particular posición les imponía. Infracción que igualmente podría concurrir aunque resultara absuelto [el ex marido] ya que lo trascendente es la pantalla dispuesta con el fin de evitar contribuir a la debida investigación de los hechos y proteger como era su deber a la menor y evitar la victimización secundaria». L.B./I.C./T.D. València