Antifraude ve anómala una oposición en Quesa en la que se pidió el DNI a los aspirantes

La Agencia concluye que el tribunal no garantizó el anonimato de los candidatos a la bolsa de auxiliar administrativo, aunque no ve anulable el proceso al no apreciar mala fe ni haber indicios de falta de objetividad

Vista de la población de Quesa.

Vista de la población de Quesa. / PERALES IBORRA

S. Gómez

Que el tribunal de un examen para el acceso a un puesto público pida el DNI a los aspirantes constituye una anomalía que impide garantizar plenamente el anonimato de los opositores. Así lo ha determinado la Agencia Valenciana Antifraude tras la investigación desplegada a raíz de las presuntas irregularidades denunciadas en el proceso selectivo promovido por el Ayuntamiento de Quesa en 2021 para la creación de una bolsa de trabajo de auxiliar administrativo interino mediante el sistema de concurso-oposición.

Antifraude requirió al consistorio toda la documentación relativa a la convocatoria tras recibir un "soplo" anónimo que indicaba que en la prueba supuestamente se había beneficiado a una candidata. Este extremo, sin embargo, no ha sido probado por el organismo público de control, cuyas pesquisas concluyen con una somera recomendación a la corporación municipal de Quesa para que proceda a protocolizar, regular y homogeneizar los procesos de personal, "debiendo prever la obligación de garantizar el anonimato".

El tribunal defiende que no conocía a quién correspondían los DNI y que solo supo el nombre y apellidos de los opositores tras la corrección del examen

Aunque no cumplir con este imperativo se considera un vicio de nulidad de pleno derecho, la Agencia considera que el examen de acceso a la bolsa de auxiliares no debe repetirse "al no apreciarse mala fe por parte de las personas que han superado el proceso selectivo" y dado que no existen elementos que permitan concluir que hubo algún tipo de amaño.

Eso sí, la investigación de Antifraude -hecha pública ayer- detecta "déficits en el adecuado cumplimiento del ordenamiento jurídico administrativo y sus principios reguladores de la actuación administrativa pública" a raíz de la decisión que adoptó por unanimidad el tribunal del examen de solicitar a los aspirantes que se identificaran mediante el DNI en el ejercicio escrito tipo test.

El órgano examinador defiende en cualquier caso que sí que se aseguró el anonimato porque no conocía "a qué aspirantes correspondían" los citados documentos, dado que el expediente estaba custodiado por la secretaría, y solo se les facilitó a los miembros del tribunal el nombre y apellidos de cada candidato una vez corregido y puntuado el examen.

En un escrito aportado al procedimiento a petición de la exalcaldesa de la localidad, el presidente del tribunal recalca que no existió intervención de ningún tipo personal, puesto que la prueba se puntuaba mediante la plantilla de corrección, que garantiza la objetividad en la corrección del ejercicio. El documento también invoca la jurisprudencia para concluir que "debe respetarse el derecho de los aspirantes ya aprobados actuantes de buena fe".

"Posibilita el favoritismo"

Para Antifraude, en cambio, la actuación del ayuntamiento denunciado "no solo posibilita un hipotético favoritismo, sino que hace que aumente el riesgo de que es produzcan situaciones de conflictos de interés". La Agencia cita diversos pronunciamientos judiciales para hacer hincapié en que la garantía de anonimato es implícita a cualquier proceso selectivo con independencia de lo que dispongan las bases. En caso contrario, se introduce "un elemento de duda sobre la imparcialidad del tribunal de selección".

En todo caso, después de haber examinado toda la documentación, el organismo de supervisión no ha podido acreditar la existencia de actuaciones por parte del tribunal que lleven a la conclusión de la existencia de una posible filtración de algunas de las preguntas en el ejercicio tipo test, ni irregularidades en la tramitación susceptibles de motivar la remisión del expediente a la Fiscalía o a la autoridad judicial competente. Tampoco hubo recursos contenciosos contra el proceso en cuestión.

"La Agencia estima parcialmente las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Quesa y no insta a revisar la posible nulidad del procedimiento denunciado"

La Agencia recalca que por sus facultades no puede ir más allá en la investigación y su actuación se ve limitada a una revisión del procedimiento administrativo, tras la cual incide en que el tribunal no garantizó plenamente el anonimato de los aspirantes en la prueba teórica. Sin embargo, la Agencia estima parcialmente las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Quesa, que se libra de tener que revisar la posibilidad nulidad del procedimiento denunciado.

Suscríbete para seguir leyendo