El TSJ obliga a Xàtiva a pagar 650.000 euros a un fondo de inversión por el parking de Llanera

El consistorio asume la sentencia pese a las múltiples deficiencias con las que heredó el aparcamiento de la Bassa tras la quiebra de la constructora e inicial concesionaria

La indemnización se abonará de forma fraccionada: más de 300.000 euros se transferirán con cargo al fondo de contingencia del presupuesto de 2023 y el resto en 2024

El parking municipal de la Plaça la Bassa de Xàtiva.

El parking municipal de la Plaça la Bassa de Xàtiva. / PERALES IBORRA

Sergio Gómez

Sergio Gómez

El Ayuntamiento de Xàtiva va a tener que pagar más de 650.000 euros en concepto de indemnización al fondo de inversión Comabe Gestión, SL por la liquidación del contrato de concesión del parking municipal de la plaça de la Bassa, que en 2004 el consistorio encargó construir y explotar a Llanera, SL antes de la quiebra de la mercantil, que dejó el aparcamiento subterráneo de tres plantas plagado de deficiencias y en manos de sus acreedores tras el pinchazo de la burbuja del ladrillo.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado el último recurso del consistorio y ha confirmado la sentencia que hace un año reconoció a Comabe el derecho a percibir 743.440 euros después de quedarse con el préstamo del inmueble en el marco de la liquidación concursal de la antigua concesionaria. A dicha cuantía hay que restarle los 94.186 € ya abonados en 2017 por la administración local, que va a acatar el pronunciamiento judicial y va a proceder a formalizar al pago de la indemnización de manera fraccionada.

El ayuntamiento echará mano de los fondos de contingencia del presupuesto de este año para abonar a Comabe Gestión, SL algo más de 300.000 euros correspondientes a la condena. El resto del dinero se transferirá con cargo a los presupuestos de 2024, tal como se deduce de la comunicación que el consistorio prepara para enviar al juzgado.

El origen del conflicto se remonta a la hipoteca contraída por Llanera, SL con el Banco de Valencia para financiar la construcción y explotación del parking de la Bassa en 2004. Cuando la mercantil símbolo del ladrillo se declaró insolvente, dejó a deber casi 1,3 millones de euros al banco por el préstamo no satisfecho, cuyos derechos han pasado del Banco de Valencia a Caixabank y de esta última entidad financiera a Comabe Gestión, que como acreedor reclamó en sede judicial que el Ayuntamiento de Xàtiva fuera condenado a abonarle 1,29 millones de euros por el crédito reconocido en el concurso de Llanera y los ingresos dejados de percibir, más los intereses.

En su recurso ante el TSJ, el consistorio alegó que ya efectuó de modo adecuado la resolución y liquidación del contrato de concesión del aparcamiento de la Bassa en 2017 a raíz de las solicitudes formuladas por Caixabank y los administradores concursales de Llanera, SL.

La corporación municipal aportó un informe en 2017 que advertía del defectuoso estado de mantenimiento en que se encontraba el parking cuando fue asumido por el ayuntamiento para defender que la indemnización a Comabe debía reducirse en 205.166 euros por el coste de reparación de las deficiencias constructivas, que provocaban continuas e importantes filtraciones de agua e inundaciones con consiguiente deterioro de los acabados y la imposibilidad de uso de una de las plantas.

Un informe municipal en 2017 relató las múltiples deficiencias constructivas y de mantenimiento del parking, que provocaban continuas filtraciones

Entre los desperfectos denunciados destacaba el mal funcionamiento del sistema perimetral, de recogida de aguas procedentes de filtraciones en los muros de contención, así como la falta de mantenimiento del sistema de impulso mediante bombeo. Además, el sistema de gestión de accesos, ocupación de plazas y cobros se encontraba totalmente obsoleto y se reseñaron otros fallos en los acabados interiores del inmueble y exteriores.

Barrera de salida del parking de la Plaça de la Bassa.

Barrera de salida del parking de la Plaça de la Bassa. / PERALES IBORRA

Según la defensa del consistorio, la indemnización a favor de Comabe Gestión también debía rebajarse en otros 318.936 euros por el canon de la concesión de los 37 años que restaban para su conclusión y los 124.152 euros en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles que iban a dejar de abonarse durante dicho lapso temporal.

La resolución del contrato debería haberse producido en 2013

En 2022, un fallo del Tribunal Supremo ya determinó que la resolución del contrato resultaba imperativa con anterioridad a lo señalado por el ayuntamiento y debería haberse producido en 2013, cuando se abrió la liquidación del concurso de Llanera y el PP gobernaba en Xàtiva.

La sala de lo contencioso del TSJ descarta descontar de la cantidad reclamada las deficiencias constructivas enumeradas por el consistorio en el parking porque en su momento no constó requerimiento alguno de reparación de las mismas a Llanera como prestataria del bien. No se levantaron actas de inspección, ni se impusieron penalidades a la contratista. Además, el juzgado declaró fortuito el concurso de acreedores de Llanera, SL, por lo que la mercantil setabense quedó exculpada de la generación de la insolvencia que terminó con su quiebra.