PUERTOS
Ciutat-Port presenta otros dos recursos judiciales contra la ampliación del Puerto de València
La plataforma ciudadana ha interpuesto hoy sendos recursos ante el TSJ contra los recientes acuerdos de la APV sobre la nueva terminal de contenedores y la de pasajeros
Joan Batalla
La Comissió Ciutat-Port mantiene su firme propósito de no consentir ni un sólo acuerdo de la Autoridad Portuaria de València (APV) relativo al macroproyecto de ampliación del Puerto de València.
En coherencia con esta línea de oposición frontal a una infraestructura que esta plataforma ciudadana considera innecesaria; lesiva para el medio ambiente; que destina ingentes recursos públicos que se detraen de necesidades más acuciantes; y que devalúa la imagen de nuestra ciudad, ha interpuesto esta semana dos nuevos recursos contencioso-administrativos contra los recientes acuerdos de la Autoridad Portuaria de Valencia, relativos, uno a la aprobación del Proyecto constructivo del Muelle de Contenedores de la Ampliación Norte del Puerto de València y, el otro, contra la concesión administrativa a favor de Baleària Eurolíneas Marítimas para la construcción y explotación de una Terminal Pública de Pasajeros entre el Muelle de Poniente y el Muelle Espigón Turia Norte del Puerto de Valencia.
Además, la Comissió Ciutat-Port, en relación con el acuerdo de concesión administrativa para la construcción y explotación de una Terminal de Pasajeros, ha solicitado al Tribunal que adopte la medida cautelar de suspender la ejecución de este acuerdo, por carecer de evaluación ambiental de ningún tipo y considerar que una probable sentencia estimatoria perdería su eficacia dado que el bien jurídico que se pretende salvaguardar, esto es, el medio ambiente y la salud de la población de los barrios próximos, ya se habría visto perjudicado si las obras de la concesión siguiesen adelante.
Asuntos medioambientales
Se ejercita en este proceso la acción popular en asuntos medioambientales establecida en nuestra legislación estatal como consecuencia de la incorporación de las directivas europeas (en particular, el Convenio de Aarhus) sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Se ejercita así la acción pública referida al riesgo de contaminación atmosférica y a la evaluación de impacto ambiental, materias ambas susceptibles de impugnación mediante la mencionada acción popular.
Y es que la Autoridad Portuaria de València pretende trasladar la ubicación de la terminal de pasajeros desde la ampliación Norte, en el nuevo dique que ahora se pretende reutilizar para generar una gran explanada de contenedores (y cuya adjudicación ha solicitado la naviera MSC), al Sur, en el sitio donde antes se explotaban los astilleros de Unión Naval de Valencia, S.A. (empresa perteneciente al Grupo Boluda), entre el Muelle de Poniente y el Muelle Espigón Turia. Todo ello en abierta contradicción con la vigente Delimitación de Espacios y Usos Portuarios de València y el asimismo vigente Plan Director del Puerto de València y sin evaluación ambiental.
Ese cambio de ubicación y de uso tiene un efecto significativo adverso sobre el medio ambiente porque al Sur se encuentra el Barrio de Nazaret
Ese cambio de ubicación y de uso tiene un efecto significativo adverso sobre el medio ambiente porque al Sur se encuentra el Barrio de Nazaret, sometido desde hace mucho tiempo a la presión del Puerto, y que, por la nueva ubicación sufrirá los impactos sobre la atmósfera derivados del aumento de atraques de grandes buques y de la movilidad de los turistas de cruceros en la visita de la ciudad.
La Comissió Ciutat-Port, en su escrito de interposición, denuncia que con sus acuerdos la Autoridad Portuaria de Valencia trata de desordenar el procedimiento lógico, con la previsible consecuencia práctica de que se sustraigan a la obligación de evaluación decisiones que, consideradas conjuntamente, pueden tener repercusiones importantes sobre el medio ambiente.
Plan Director de Infraestructuras
Cabe preguntarse además si la Autoridad Portuaria de València ha otorgado la concesión sin modificar el Plan Director de Infraestructuras y la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios para consumar un hecho con carácter previo a la evaluación ambiental. Esta actuación puede comprometer la adopción de medidas correctoras y el establecimiento de compensatorias que deberían ir a cargo del explotador de la concesión.
Estamos ante una decisión previa a la evaluación ambiental, adoptada sin consideración alguna al aspecto ambiental más significativo de contaminación atmosférica y sus efectos sobre los habitantes del Barrio de Nazaret. La falta de evaluación ambiental implica la nulidad de pleno derecho de la concesión.
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