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El TSJ obliga a Paiporta a readmitir a cincos policías siete años después de aprobar la polémica oposición

El consistorio revisó de oficio el proceso en 2017 pero el tribunal apela a la buena fe de los opositores y los considera ajenos a la mala gestión municipal de todo el proceso selectivo

Dos agentes de la Policía Local de Paiporta

El Tribunal Superior de Justicia de la C.Valenciana ha condenado al Ayuntamiento de Paiporta a admitir a los cinco agentes que consiguieron una plaza en una oposición al cuerpo de Policía Local en 2015, y que el propio consistorio anuló dos años después tras una revisión de oficio con el aval de una sentencia y del Consell Jurídic Consultiu.

El embrollo judicial, administrativo y político se sitúa en abril de 2015, cuando finalizó un proceso selectivo de cinco plazas de la Policía Local de Paiporta. Antes de seguir con el relato, cabe mencionar que la Oferta de Empleo Público aprobada por el consistorio paiportino, en 2009, estipulaba dos puestos, pero en 2011, bajo el gobierno del popular Vicente Ibor, se modificaron las bases iniciales y se amplía el concurso a cinco, cuatro por turno libre y una por turno de movilidad. Tanto el secretario como la técnica de personal advirtieron entonces que se estaban licitando más plazas de las permitidas.

Con los cinco mejores aspirantes de aquel proceso con su plaza bajo el brazo, uno de los opositores que se quedó por el camino presentó un recurso de reposición alegando, entre otros motivos, que el número de plazas de la convocatoria era superior a las ofertadas en la OPE. El secretario municipal aceptó el recurso y el alcalde Ibor, sin respaldo jurídico y con las elecciones de 2015 ya perdidas, anuló las plazas excedentarias. Es decir, asignó las dos plazas a los agentes con mejor nota.

Los tres aprobados que se quedaron sin puesto acudieron al contencioso administrativo contra el decreto del alcalde que aceptaba el recurso de reposición del agente suspendido. El tribunal dio la razón a los policías, obligando al consistorio readmitirlos, tras el pertinente curso en el Ivaspe. Entre los argumentos esgrimidos por el juez destaca que Ibor no podía eliminar un acto administrativo con un decreto, sino a través del ordenamiento jurídico. Ante tal tesitura, el nuevo equipo de Gobierno (Compromís, PSOE, Podeu) encargó al Consell Jurídic Consultiu que emitiera un dictamen para actuar en consecuencia. La resolución del CJC sostiene, entre otros aspectos, que «procede la revisión de oficio y la declaración de nulidad de los decretos de alcaldía por los que se aprobaron las bases» de 2011.

En junio de 2017, dos años después del final de la oposición, el pleno anulaba todo el proceso selectivo, circunstancia que dejaba sin plaza a los cinco agentes, incluidos los dos primeros que en principio sí les correspondía el puesto, al entender que la oferta de la OPE de 2009 había caducado. De hecho, una policía, la que concurrió por movilidad, era funcionaria de carrera en Llombai desde 2002 y en abril de 2015 tomó posesión de la plaza de Paiporta tras aprobar el examen, renunciando a la que tenía en el pueblo de la Ribera Alta, como marca el Decreto 88/2001 de la Generalitat. Tras el pleno extraordinario de junio se quedó sin plaza donde poder desempeñar su trabajo.

A partir de ahí se abrieron dos escenarios. Por un lado, los tres agentes que no llegaron a tomar posesión acudieron de nuevo al juzgado, que en primera y segunda instancia avalaba la actuación municipal en la revisión de oficio ya que la sentencia que dio la razón inicialmente a los policías apuntaba que aplicar la revisión de oficio era una posibilidad. Durante este proceso judicial acabaron imputadas la entonces alcaldesa Isabel Martín y edila de Policía Beatriz Jiménez, ambas de Compromís, aunque finalmente esta pieza resultó archivada.

Por otro lado, la agente que consiguió la plaza por turno de movilidad también acudió al juzgado en 2019, obligando a paralizar la convocatoria de diez nuevas plazas convocada por Paiporta. En primera instancia su recurso fue desestimado. En cambio, el TSJ sí estimó hace unas semanas su apelación. La presidenta de la sala apunta en su auto a la reiterada infracción de los principios de equidad, buena fe, derechos adquiridos y proporcionalidad, ya que, considera “desproporcionada la nulidad de la oferta de empleo público y de las bases acordadas siete años después de su aprobación afectando a la buena fe y derechos adquiridos de terceros”.

"Es palmario que los apelantes actúan de buena fe pues se presentaron a la convocatoria del proceso selectivo de 2010 siendo aprobados y obteniendo plaza de funcionario de carrera”

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La jueza, por tanto, sentencia que “es palmario que los apelantes actúan de buena fe pues se presentaron a la convocatoria del proceso selectivo de 2010 siendo aprobados y obteniendo plaza de funcionario de carrera”. En cambio, la revisión de oficio se produjo siete años después, “demora que no ha sido valorada en ningún caso por la administración y atendiendo a la buena fe de los apelantes que participaron en la convocatoria y aprobaron la misma con independencia de que el número de plazas se ajustara, o no a los límites normativos y presupuestarios, cuestión ajena a los recurrentes”, la sala del TSJ considera que “los perjuicios que se les ocasiona, basados en la tardanza en tramitar la revisión de oficio, sí que revisten entidad y deben tener una importante consideración, sin que pueda prevalecer la invocada nulidad de pleno derecho de la convocatoria atendidos los límites que el artículo 110 establece a la revisión de oficio”.

Con todo ello, el TSJ obliga al Ayuntamiento de Paiporta a nombrar funcionaria de carrera a la agente recurrente, y por extensión a los otros cuatro policías, cada uno presentó su recurso, que obtuvieron plaza en la oposición concluida en abril de 2015. Los dos primeros de la lista se incorporaron ayer mismo a la plantilla policial municipal ya como funcionarios de carrera. Respecto a los otros tres, en varios destinos actualmente, el consistorio les ha remitido un requerimiento para concretar si se incorporan a Paiporta (es necesario haber realizado el pertinente curso del Ivaspe) o renuncian al puesto. 

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