Prisión permanente para el hombre que asesinó en Xàbia a un anciano al que le limpiaba la piscina

La Audiencia condena al acusado a indemnizar con 150.000 euros a los tres hijos y declara como responsables civiles a la empresa y a la aseguradora

El acusado del crimen de Xàbia es conducido por un policía al juicio en la Audiencia de Alicante

El acusado del crimen de Xàbia es conducido por un policía al juicio en la Audiencia de Alicante / Álex Domínguez

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la pena de prisión permanente revisable al acusado que fue declarado culpable por un jurado popular del asesinato con alevosía y ensañamiento de un hombre de 96 años al que le limpiaba la piscina en un chalet de Xàbia, según la sentencia notificada este miércoles a las partes. Esta pena, solicitada por la Fiscalía y el abogado de la acusación particular, Joan Bertomeu i Castelló, se aplica al considerar probado el jurado que la víctima era una persona especialmente vulnerable por su edad y la Audiencia le ha impuesto otros cinco años de prisión por un delito de robo con violencia en casa habitada y con uso de armas.

El acusado deberá indemnizar a cada uno de los tres hijos de Francisco D. con 50.000 euros y con 220 euros por la sustracción de un ordenador portátil. La sentencia declara al dueño de la empresa de mantenimiento de piscinas donde trabajaba el acusado como responsable civil subsidiario y a la aseguradora que tenía contratada como responsable civil directa.

La magistrada ponente señala en el fallo que el desempeño de su trabajo para la empresa de mantenimiento de piscinas es lo que permite al acusado "tener acceso al núcleo de la intimidad de la víctima" y saber "la grave merma de condiciones físicas que sufre por su elevada edad", casi 97 años y con "escasísima visión y movilidad reducida". Asimismo, recoge la sentencia que el empresario sabía que su empleado tenía problemas económicos y había pedido dinero a compañeros de trabajo y a clientes, por lo que estima que si perdió la confianza en él y estaba buscando un sustituto "no debió permitir que dicho sujeto pusiera en riesgo a sus clientes, muchos de ellos, según pudo apreciarse en el plenario, personas de edad avanzada que viven en casas aisladas".

Aseguradora

En cuanto a la responsabilidad civil directa de la aseguradora con la que la empresa tenía contratada una póliza, el fallo indica que la "acción delictiva generadora del daño se produce dentro del ámbito espacial, temporal y funcional de la actividad laboral que vincula al acusado con su empleador, por más que la desarrollara de forma anormal o con extralimitación de sus tareas".

La sentencia declara como hechos probados, de acuerdo al veredicto del jurado popular, que el acusado Héctor James T. G. acudió sobre las 14:13 horas del día 20 de diciembre de 2021 al domicilio de Francisco D. en Xàbia, donde llevaba cinco años limpiándole la piscina, con la intención de robar. Acudió en un coche de la empresa en un día diferente al que le tocaba limpiar y accedió a la parcela de la casa con la llave del candado de la verja que tenía con motivo de su trabajo.

El ahora condenado sabía que Francisco tenía 96 años, movilidad reducida y muy escasa visión. Entró portando unos guantes de goma que le habían sido facilitados por la empresa para el desempeño de sus funciones laborales y un cuchillo y cuando estaba buscando objetos de valor en una de las habitaciones para apoderarse de ellos fue sorprendido por la víctima.

Nueve cuchilladas

Al ser sorprendido el acusado le asestó nueve cuchilladas para acabar con su vida, "sin que éste tuviera posibilidad alguna de oponer defensa alguna, por la diferencia de edad entre el acusado y el anciano y las graves dificultades de visión y movilidad de este último". Francisco falleció y Héctor James se apoderó de un ordenador portátil, valorado en 220 €, y huyó del lugar en el mismo vehículo en el que llegó.

El fallo declara probado, conforme al veredicto, que Héctor asestó nueve puñaladas a Francisco "aumentando deliberada e inhumanamente su dolor a sabiendas de que no eran necesarias para causar o asegurar la muerte de aquél".