La médica culpable de no atender a un paciente que murió ya fue denunciada por otro caso igual en València

La muerte de la segunda paciente, que sufrió un aneurisma cerebral, se produjo después del fallecimiento del paciente de 65 años por el que ahora será condenada

La facultativa, de 36 años, se expone a un año y medio de inhabilitación, una multa de 4.050 euros y una indemnización global de 90.000 euros

La médica acusada de omisión del deber de atender a un paciente cuando se estaba muriendo.

La médica acusada de omisión del deber de atender a un paciente cuando se estaba muriendo. / Ignacio Cabanes

Cuando la médica considerada culpable este lunes por un jurado de no haber auxiliado a un hombre de 65 años que acabó falleciendo dijo, durante el juicio contra ella celebrado la semana pasada en València, que "lo volvería a hacer", lo decía en serio. Y en la creencia firme de que no iba a ser condenada, algo que sí sucederá ahora tras el veredicto del jurado adelantado hoy en exclusiva por Levante-EMV.

¿La razón? Que ya había sido denunciada en 2021 por otro caso similar protagonizado por ella en el que la paciente también falleció tras cuatro llamadas al 112 y una hora de espera de los familiares de la víctima. Sin embargo, en esa ocasión la causa contra ella fue archivada por la vía penal por decisión de la Audiencia de València, que cerró el caso porque únicamente apreció «un problema de un incorrecto o mal funcionamiento de un servicio público». La familia optó entonces por continuar solo por la vía contencioso-administrativa, en la que aún no hay resolución.

Y algo más: el caso archivado por la muerte de Ana María Peris, que sufrió un aneurisma cerebral, se produjo cuando la facultativa ya había pasado por la experiencia de la muerte del paciente a quien negó el auxilio que ha generado ahora el veredicto de culpabilidad. Y cuando ya estaba incursa en el proceso penal contra ella como inculpada por un delito de omisión del deber de socorro en su modalidad de atención sanitaria.

De momento, ya está a la espera de que el magistrado presidente del tribunal popular que la ha juzgado dicte sentencia condenatoria. Con siete votos a favor y dos en contra, el jurado popular que ha juzgado en València a una médica del Punto de Atención Sanitaria (PAS) de Juan Llorens ha dictaminado que es culpable de un delito de omisión del deber de socorro por negarse a atender a un paciente que finalmente murió.

Ese día, la acusada estaba de guardia de exterior en el citado centro de salud, en el servicio de urgencias, y fue requerida por uno de los hijos de la víctima, que residía enfrente, a apenas 50 metros del ambulatorio, pidiéndole ayuda porque su padre estaba en su domicilio, en parada cardiorrespiratoria y convulsionando. Pero la facultativa se negó a cruzar la calle alegando instrucciones de Sanidad. El otro hijo, mientras, llamó desde la casa de su padre, que tenía 65 años, al 112 y permaneció a su lado hasta que finalmente falleció. Pese a todo, la acusada, de 36 años, respondió durante el juicio, a preguntas del fiscal, que "lo volvería a hacer".

El veredicto fue conocido pasadas las 19.30 horas de este lunes, cuando se realizó la lectura pública en la sala del jurado de la Ciudad de la Justicia de València. Los nueve miembros del jurado votaron unánimemente en contra de la acusada en todas las cuestiones, salvo en la fundamental, que les pedía dirimir si la médica, de 36 años, era culpable de no haber asistido a Emilio Nuñez pudiendo haberlo hecho. Siete jurados contestaron que sí era culpable y dos que no, al apoyar la tesis de la defensa, que argumentaba que su defendida había actuado conforme a las reglas de funcionamiento de las emergencias médicas.

El fiscal ha solicitado para la acusada, enjuiciada a lo largo de la semana pasada, una condena de inhabilitación especial de un año y medio, tiempo durante el cual no podría ejercer la medicina, una multa de 4.050 euros -a razón de 15 euros diarios durante nueve meses- y una indemnización de 90.000 euros: 30.000 para la viuda de Emilio y 20.000 para cada uno de sus tres hijos.

Solo habría salido si hubiera estado en la puerta

Durante la vista oral, tal como informó Levante-EMV, la médica alegó que no podía abandonar su puesto de trabajo y que se limitó a seguir las normas establecidas. “Me quedé a la espera de que se me avisara por el TETRA (la emisora que les conecta con el Centro de Información y Coordinación de Emergencias (CICU) de Sanidad) si me requerían”, insistió una y otra vez la facultativa, que se encontraba durmiendo cuando fue requerida por la enfermera, quien le dijo que había una persona en la puerta alertando de que su padre se estaba muriendo.

La médico solo le preguntó si había avisado al 112 y siguió descansando al obtener una respuesta afirmativa. Así reconoce que no hizo ninguna gestión más para comprobar cómo se encontraba el servicio urgente, la situación del paciente o si ya estaban en camino los servicios médicos de urgencia enviados desde el CICU. Y en la sala de vistas, a preguntas del fiscal, se empecinó en que había actuado correctamente y que volvería a actuar de igual forma.

La acusada argumentó que solo hubiera salido a atenderlo si hubiera estado en la misma puerta. “¿Por qué iba a atender a un paciente que está a 50 metros y no a uno que estuviera a 500?”, sostuvo.

La facultativa estaba durmiendo en la zona de descanso y no tuvo ningún aviso esa madrugada

"Se desentendió totalmente del paciente"

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 22 de septiembre de 2019 cuando la acusada se encontraba de servicio en el centro sanitario de Juan Llorens, como médico de asistencia exterior. La médico estaba durmiendo a la espera de recibir los avisos del CICU. Su defensa sostiene que la acusada se mantuvo a la espera de recibir el aviso del CICU y que actuó bajo la creencia de que la asistencia a esta persona ya se estaba prestando y que no podía abandonar su puesto de trabajo.

El fiscal ha remarcado que la acusada tenía la obligación legal de un médico de guardia de asistir a un paciente, y la posibilidad de ello, ya que no tuvo ningún servicio esa madrugada, según consta acreditado. De hecho, estaba durmiendo cuando la enfermera le avisó de la situación de esta persona que se estaba muriendo. “Solo tenía que cruzar una calle y se desentendió totalmente del paciente”.

Asimismo, respecto al hecho en el que se ampara la defensa, que la muerte de esta persona, que había sido operado del corazón diez días antes, se habría producido igualmente aunque la médico hubiera acudido al servicio, la Fiscalía mantiene que si bien no podía haberle salvado sí que podía haberle auxiliado y acompañado como era su obligación como médico en esos últimos momentos de su vida.

Por su parte, la defensa de la facultativa sostuvo que la trayectoria profesional de su patrocinada es intachable y que siempre ha sido valorada positivamente por compañeros y pacientes. En un extenso escrito de defensa detalló el funcionamiento del CICU y achacó la posible deficiente asistencia al fallecido esa madrugada a la propia administración.

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