Condenado a 20 años y 10 meses el criador de caballos que mató de una paliza a su capataz

 La sentencia declara probado que el condenado tenía esclavizada a la víctima y la humillaba y vejaba de forma continuada

Culpable de explotar, vejar y matar a su capataz en una finca de caballos de Torrent

Ignacio Cabanes

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto 20 años y 10 meses de prisión a Felipe A. R., el dueño de una finca de Torrent dedicada a la cría y venta de caballos, por matar de una paliza a su capataz en agosto de 2021. El jurado declaró probado, como adelantó en exclusiva Levante-EMV, que el acusado golpeó de forma reiterada, con un palo de 1,41 metros de largo, a su empleado, al que tenía “en condiciones similares a la esclavitud” y al que vejaba y humillaba de forma continuada, según remarca la sentencia.

El fallo impone además de una condena por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad -castigado con 15 años de cárcel-, un año y diez meses de cárcel por un delito contra la integridad moral, y cuatro años más de prisión y el pago de una multa de 6.000 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores.

La magistrada justifica la pena impuesta al acusado por el homicidio -la más alta posible de la horquilla por dicho delito al concurrir la agravante de abuso de superioridad- por la conducta “realmente cruel, agresiva y abusiva” que desplegó el empresario contra su víctima. De hecho, los golpes que hallaron los forenses en el cadáver son propios de tratados de tortura, como venía sosteniendo la acusación particular, ejercida por el letrado José Manuel Feliu Iranzo.

En condiciones similares a la esclavitud

Así, a partir del veredicto de culpabilidad del jurado, se considera probado que el acusado se aprovechó del estado de necesidad de la víctima, que era un reputado experto domador de caballos y entrenador de jinetes de doma clásica, pero tenía una inhabilitación civil dictada por las autoridades portuguesas, para contratarle a mediados de 2008 sin firmar documento alguno.

Aunque inicialmente pactó con él una remuneración de 1.500 euros al mes por su trabajo, el empresario fue reduciéndola con los años hasta dejarla en apenas 50 euros a la semana. De hecho le acabó sometiendo a “condiciones similares a la esclavitud”, según matiza la sentencia, pues le obligaba a trabajar en cualquier momento de las 24 horas del día durante los siete días a la semana y solo le permitía abandonar la finca con él o en compañía de otro trabajador.

Filipe Jorge Da Costa Vaz, la víctima, en la finca donde se produjo el crimen.

Filipe Jorge Da Costa Vaz, la víctima, en la finca donde se produjo el crimen. / Levante-EMV

Igualmente, con cualquier excusa, le gritaba, le golpeaba con lo que tuviera a mano, incluso con escobas o palos, causándole lesiones que el propio perjudicado se curaba con un aerosol desinfectante y cicatrizante para caballos, al tiempo que le vejaba y humillaba, llegando a ponerle un cartel de cartón en el pecho donde decía que era “un mentiroso y un hijo de puta” o haciéndole andar de rodillas por la finca si cometía algún fallo en el cuidado de los caballos.

El 27 de agosto de 2021, tras recriminarle la rotura de una llave de agua de las cuadras, comenzó a agredirle con un palo, aunque otro empleado que presenció el conflicto los separó. Unas horas más tarde, el acusado, consciente de que la víctima se hallaba indefensa y convaleciente por la agresión anterior, continuó golpeando al perjudicado con el palo, “conociendo que con la fuerza y forma empleada le podía causar la muerte”.

Cuando volvió de trabajar del campo, el otro empleado de la finca se encontró al agredido sentando en un banco, balbuceando y echando espuma por la boca, por lo que avisó al empresario, quien lo trasladó a un centro hospitalario, si bien ingresó ya cadáver a causa de los múltiples traumatismos.

El acusado dio información falsa al personal sanitario de forma deliberada para tratar de ocultar su crimen, y manifestó que el fallecido era un vecino al que había encontrado inconsciente en un campo, aportando datos falsos que dificultaron su identificación y la labor del grupo de Homicidios de la Policía Nacional de València.

En concepto de responsabilidad civil el condenado deberá indemnizar con 100.000 euros a un hijo biológico del fallecido por el perjuicio personal y los daños morales sufridos.