Mientras espera desde hace dos años a que llegue el juicio para decidir sobre su minusvalía, de la que ya tiene concedido un 55%, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social no ha tenido reparos en decretar el embargo y ordenar la subasta de la vivienda y bienes de un vecino de Algemesí por una deuda pendiente con la Tesorería General de 550 euros. El vecino de Algemesí afectado, Félix P., dejó su actividad como autónomo y no abonó las dos últimas mensualidades de la cotización a mediados de este año, pero ha llegado antes el embargo que el juicio. "Intenté aplazar el pago, negocié con la Seguridad Social porque no podía pagar, pero ya me ha llegado el embargo", explicó ayer contrariado.

El ciudadano, que padece fibromialgia, una dolencia que sólo afecta a hombres en el 1% de los casos, lamenta la rapidez del proceso por parte de la Seguridad para cobrar la deuda administrativa, frente a la demora que acumula su juicio por minusvalía. "Es que al final parece que te torean, porque llevo dos años esperando al juicio, me dieron la baja laboral ya hace tiempo, pero no he cobrado nada porque me aseguraron que no tenía derecho, aunque tengo una vida laboral de 24 años cotizados porque siempre he estado trabajando como autónomo", lamenta el indignado vecino.

"Mientras, me dan largas con el juicio, pero ellos siguen cobrando, yo ahora no puedo, pero me dicen que es lo que marca la normativa y que es lo que hay", añade. Según la documentación que ha revisado este diario, la Tesorería General de la Seguridad Social le comunica que llevará a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión del expediente a la dirección provincial para la autorización de la subasta de su vivienda. En el escrito comunican al vecino de Algemesí que se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados y se le advierte de que si no lo hace en diez días, los títulos serán suplidos a su costa.

La Seguridad Social alega que la deuda no se ha satisfecho y que conforme a lo previsto en el artículo 103 del reglamento general de recaudación correspondiente al Real Decreto 1415/2004 se declaran embargados los bienes del deudor.

Con todo, el afectado insiste en que intentó negociar fórmulas de pago: "Me dijeron que tenía que pagar al contado el 50% de la deuda y el resto fraccionado con un interés del 6%, como si fueran un banco", se lamenta Félix P.