La ley de acompañamiento también introduce cambios en la ley de la Generalitat de incompatibilidades y conflicto de intereses con cargos públicos no electos. El de mayor calado tiene que ver con la oficina de conflictos. El grueso de las funciones se mantienen tal cual, pero se introduce una novedad importante ya que el Consell dota a esta oficina de autoridad para «ejercer la labor inspectora cuando tenga conocimiento de cualquier indicio de irregularidad», señala la norma.

La actual regulación establece que en caso de denuncia o ante la sospecha de algún tipo de irregularidad, este órgano tenía que ponerlo en conocimiento de la Inspección General de Servicios. Si los cambios salen adelante, tendrá que informar a la inspección, pero no delegar en ella. A efectos internos, ellos supone que la Conselleria de Transparencia tendrá bajo su control la supervisión de las puertas giratorias. Cabe recordar que con la reestructuración del organigrama de la Generalitat, las competencias de la Inspección de Servicios Públicas han pasado a manos de la Conselleria de Justicia.