Tribunales

La Audiencia rechaza que Vox acuse en solitario en el caso Azud

La sección tercera da la razón a la magistrada de Instrucción 13 y le mantiene la exigencia «de momento, de actuar bajo la misma representación y defensa que la entidad Partido Popular»

Corbín y una de sus hijas, salen de la Ciudad de la Justicia en una de sus comparecencias. Ambos estuvieron afiliados a Vox.

Corbín y una de sus hijas, salen de la Ciudad de la Justicia en una de sus comparecencias. Ambos estuvieron afiliados a Vox. / MIGUEL ÁNGEL MONTESINOS

La sección tercera de la Audiencia de Valencia ha rechazado el recurso de apelación presentado por el partido Vox para poder acusar en solitario en el caso Azud, que investiga varias tramas de mordidas y comisiones en el PP del Ayuntamiento de València y en los gastos electorales del PSPV de 2007 y 2008

La titular del Juzgado de Instrucción 13 aceptó en marzo la personación tanto de Vox como del Partido Popular, aunque afeaba a ambas formaciones su electoralismo, solicitaba que intervinieran bajo la misma dirección letrada y les exigía ingresar 10.000 € de fianza a cada una. Una decisión que fue recurrida ante el mismo juzgado y después ante la Audiencia de València por la representación de Vox para poder acusar en solitario y que ahora han rechazado tres magistrados de la sección tercera, en un auto notificado recientemente a las partes. 

Los tres magistrados de la sección tercera que han analizado el recurso confirman la decisión de la magistrada de Instrucción 13. Aunque abren una ventana a que Vox dé cumplimiento a una exigencia de la magistrada para que la instructora del caso Azud examine las razones que argumentan ambos partidos para ejercer la acusación. El auto de la sección tercera mantiene «la obligación de actuar bajo la misma representación y defensa que la entidad Partido Popular como acusación popular» hasta que Vox «justifique las razones de su intento de personación en autos como acusación y que permite a la juez motivar si mantiene o no la obligación de proceder de forma conjunta con Partido Popular».

De hecho, el auto de la sección tercera de la Audiencia de Valencia señala que la titular del Juzgado de Instrucción13 ya exigió en marzo a Vox «un tercer requisito para tener por personada a la entidad Vox: la indicación aún sucinta de los motivos de la personación». Una exigencia no cumplimentada por el partido de ultraderecha. «Nada concreto ha manifestado la entidad Vox a través de la reforma ni tampoco en la apelación», reflejan los magistrados de la Audiencia de Valencia. «Nada dice Vox de las razones de su personación que le exige la jueza y que permita establecer alguna diferencia de planteamiento respecto de la otra acusación popular».

Los magistrados de la sección tercera reproducen en el auto una sentencia del Tribunal Constitucional de 1997, aludida por la representación, sobre la unificación de las acusaciones populares de Unión del Pueblo Navarro y José María Ruiz Mateos en la causa abierta al exdirector general de la Guardia Civil, Luis Roldán, condenado a 31 años de cárcel en 1999 por malversación y cohecho y fallecido en 2022. La sentencia del Constitucional ya señalaba en 1997 que «ante la inconcreción y generalidad del precepto -y en tanto no se produzca la necesaria reforma legislativa que racionalice y prevenga los pontenciales abusos en el ejercicio de la acción popular-» se deberán analizar «las concretas circunstancias» de cada caso y será el juzgado quien decida cómo deben presentarse las acusaciones populares. 

La decisión de la jueza del caso Azud de unificar las acusaciones abrió una guerra entre Vox y PP ya que ambas formaciones se acusaban de «conflicto de intereses» por la afiliación del abogado José María Corbín y una hija al partido de ultraderecha y la contratación de otra de las hijas en el grupo municipal popular del Ayuntamiento de València. 

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