Las okupaciones solo afectan a una de cada 8.446 viviendas de particulares

El año pasado se celebraron 389 juicios por ocupación ilegal de pisos cuyos propietarios eran "personas físicas" y no bancos o fondos buitre en los más de tres millones de inmuebles valencianos

En 2021 la cifra fue mayor, con 423 casos

Imagen de archivo de viviendas en alquiler en una localidad valenciana

Imagen de archivo de viviendas en alquiler en una localidad valenciana / PERALES IBORRA

Mónica Ros

Mónica Ros

Las okupaciones a pisos de banco son un problema para entidades bancarias y fondos buitre. Sin embargo, los datos demuestran que las okupaciones ilegales de pisos de particulares son las menos. En la Comunitat Valenciana existen 3,2 millones de viviendas familiares y el año asado hubo 389 juicios por okupación ilegal de viviendas, lo que supone una okupación ilegal por cada 8.446 viviendas. La cifra, además, va a la baja ya que el año anterior se celebraron 423 juicios por ese mismo motivo.

Desde 2018 se contabilizan los casos que más preocupan a los propietarios: que le ocupen su vivienda. Lo hace el Consejo General del Poder General (CGPJ) bajo el epígrafe de «juicios verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas» y solo contabiliza «los casos en los que los propietarios son personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o entidades públicas poseedoras de vivienda social». Se trata de un procedimiento sumario que se plantea para retener o recobrar la legítima posesión sobre un bien.

Así, en el primer trimestre de 2023 ingresaron en los órganos judiciales 629 casos en toda España, un 15 % menos que el año anterior. En Andalucía se presentaron el mayor número de demandas, 145 (el 23,1 % del total nacional). Le siguieron la Comunitat Valenciana, con 104; Cataluña, con 94; y Madrid, con 71. Si se analizan los datos del Poder Judicial de forma anual en España hubo en 2022 un total de 2.785 verbales posesorios por okupación ilegal de viviendas, un 19,9% menos que en 2021, cuando se notificaron 3.479 procedimientos.

Denuncias presentadas

Ahora bien, el número de denuncias presentadas por okupación ilegal de viviendas es mayor, aunque ahí no se hace referencia a si el propietario es un particular, una entidad bancaria o un fondo buitre. Los datos los aporta el Ministerio del Interior y no son datos comprobados sino denuncias presentadas.

A nivel estatal se presentaron en 2022 un total de 16.726 denuncias por okupación ilegal de vivienda, frente a las 17.274 de 2021, cuando alcanzó su máximo histórico. En la Comunitat Valenciana las denuncias presentadas ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado por este motivo fueron 2.024 en 2022 y 1.779 en 2021. En el primer trimestre del 2023, la Comunitat Valenciana ya ha registrado 568 denuncias por okupación ilegal de la vivienda (206 en Alicante, 61 en Castellón y 301 en Valencia).

Desde el Ministerio del Interior puntualizan que la estadística «no discrimina entre los dos tipos penales que conforman este fenómeno: el allanamiento de morada y la usurpación del derecho de uso de un inmueble, porque son calificaciones jurídicas que realiza a posteriori el órgano judicial encargado de la instrucción de cada denuncia».

Según los datos de la Fiscalía General del Estado, recogidos en la memoria del año 2021, solo el 0,85 % de los delitos genéricos de okupación se refieren a delitos de allanamiento (es la vivienda habitual), mientras que el 99,15 % son delitos de usurpación. De esta forma, y según la citada memoria, a lo largo de 2021 y a nivel estatal se incoaron un total de 9.739 procedimientos por usurpación y 83 procedimientos por allanamiento.Las okupaciones a pisos de banco son un problema para entidades bancarias y fondos buitre. Sin embargo, los datos demuestran que las okupaciones ilegales de pisos de particulares son las menos. En la Comunitat Valenciana existen 3,2 millones de viviendas familiares y el año asado hubo 389 juicios por okupación ilegal de viviendas, lo que supone una okupación ilegal por cada 8.446 viviendas. La cifra, además, va a la baja ya que el año anterior se celebraron 423 juicios por ese mismo motivo.

Intento de desahucio en el barrio de Orriols.

Intento de desahucio en el barrio de Orriols. / GERMAN CABALLERO

Desde 2018 se contabilizan los casos que más preocupan a los propietarios: que le ocupen su vivienda. Lo hace el Consejo General del Poder General (CGPJ) bajo el epígrafe de «juicios verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas» y solo contabiliza «los casos en los que los propietarios son personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o entidades públicas poseedoras de vivienda social». Se trata de un procedimiento sumario que se plantea para retener o recobrar la legítima posesión sobre un bien.

Así, en el primer trimestre de 2023 ingresaron en los órganos judiciales 629 casos en toda España, un 15 % menos que el año anterior. En Andalucía se presentaron el mayor número de demandas, 145 (el 23,1 % del total nacional). Le siguieron la Comunitat Valenciana, con 104; Cataluña, con 94; y Madrid, con 71. Si se analizan los datos del Poder Judicial de forma anual en España hubo en 2022 un total de 2.785 verbales posesorios por okupación ilegal de viviendas, un 19,9% menos que en 2021, cuando se notificaron 3.479 procedimientos.

Denuncias presentadas

Ahora bien, el número de denuncias presentadas por okupación ilegal de viviendas es mayor, aunque ahí no se hace referencia a si el propietario es un particular, una entidad bancaria o un fondo buitre. Los datos los aporta el Ministerio del Interior y no son datos comprobados sino denuncias presentadas.

A nivel estatal se presentaron en 2022 un total de 16.726 denuncias por okupación ilegal de vivienda, frente a las 17.274 de 2021, cuando alcanzó su máximo histórico. En la Comunitat Valenciana las denuncias presentadas ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado por este motivo fueron 2.024 en 2022 y 1.779 en 2021. En el primer trimestre del 2023, la Comunitat Valenciana ya ha registrado 568 denuncias por okupación ilegal de la vivienda (206 en Alicante, 61 en Castellón y 301 en Valencia).

Desde el Ministerio del Interior puntualizan que la estadística «no discrimina entre los dos tipos penales que conforman este fenómeno: el allanamiento de morada y la usurpación del derecho de uso de un inmueble, porque son calificaciones jurídicas que realiza a posteriori el órgano judicial encargado de la instrucción de cada denuncia».

Según los datos de la Fiscalía General del Estado, recogidos en la memoria del año 2021, solo el 0,85 % de los delitos genéricos de okupación se refieren a delitos de allanamiento (es la vivienda habitual), mientras que el 99,15 % son delitos de usurpación. De esta forma, y según la citada memoria, a lo largo de 2021 y a nivel estatal se incoaron un total de 9.739 procedimientos por usurpación y 83 procedimientos por allanamiento. 

Suscríbete para seguir leyendo