El Tribunal de Cuentas ha condenado al exalcalde de Castelló de Rugat, José Miguel Barranca (PP), como responsable directo de un alcance contable en las arcas municipales cifrado en 8.579,30 euros. El exdirigente popular cargó al erario público una serie de gastos en un restaurante de la localidad que no ha podido justificar y que han de ser reintegrados al ayuntamiento, tal como señala el fallo al que ha tenido acceso este diario. Se trata de tres facturas cuyo pago fue autorizado por Barranca tres días antes de dejar el cargo, tras las elecciones municipales de 2015.

A ese dinero hay que sumarle los intereses ordinarios derivados de la reclamación, que se calcularán en las fase de ejecución de sentencia, así como las costas ocasionadas con el proceso, que el órgano supremo fiscalizador de las cuentas del sector público también obliga a asumir al exalcalde. La sentencia, que en todo caso no es firme y puede ser recurrida, emplaza al Ayuntamiento de Castelló de Rugat a presupuestar como derecho de cobro el reintegro de los fondos objeto de enjuiciamiento.

Hace un año, el Tribunal de Cuentas ya requirió a Barranca una liquidación provisional de 9.218 euros a modo fianza, que fue ingresada en la cuenta de depósito y consignaciones judiciales del organismo. El exalcalde niega haber cometido ilegalidad alguna y vincula las facturas en cuestión con espectáculos municipales y comidas protocolarias que sí se prestaron, según ha sostenido.

El litigio parte de un informe de la Sindicatura de Comptes que detalló irregularidades en la gestión del consistorio de Castelló de Rugat bajo el último mandato de Barranca. La Fiscalía presentó una denuncia en 2016 que se apoyaba en 4 presuntas anomalías contables. Finalmente, el instructor del Tribunal de Cuentas que se encargó del procedimiento solo apreció en una de ellas un perjuicio para la tesorería municipal. El foco se puso en la compensación de deudas con un negocio hostelero de la localidad que Barranca aprobó por decreto el 10 de junio de 2015 —siendo alcalde en funciones— por un importe de 17.450 euros. El consistorio condonó una serie de impagos tributarios arrastrados por Ameva Hosteleros, SL entre 2010 y 2014 a cambio de saldar quince facturas pendientes de pago sin consignación presupuestaria por servicios supuestamente prestados por la empresa (declarada insolvente hace un año) en los cinco años anteriores, en concepto de «comidas y organización de fiestas».

La secretaría-intervención municipal puso objeciones a cinco de estos recibos, que no estaban registrados en el ayuntamiento: ni tenían consignación ni se acreditaba documentalmente que los trabajos se hubieran llevado a cabo. Barranca desoyó el aviso y pagó las facturas «al margen del procedimiento reglamentario». La Sindicatura consideró improcedente la compensación porque «no se ajustó a la ley» ni se cuantificó de forma adecuada la deuda tributaria del restaurante. Un informe municipal concluyó que la operación resultó lesiva para el consistorio.

El exalcalde pudo validar dos de las facturas cuestionadas, que se correspondían con el montaje de carpas o la producción de una discomóvil durante las fiestas patronales de 2011 y 2015. Aunque ambas se pagaron al magen del presupuesto, la ley estipula que, al no existir un menoscabo público, el consistorio debía asumirlas para evitar un enriquecimiento injusto.

No ocurre lo mismo con los tres recibos por los que finalmente ha sido condenado Barranca, vinculados a comidas celebradas entre 2011 y 2015. Según el instructor del Tribunal de Cuentas, «no hay documento alguno» que «acredite que estaban relacionadas con el servicio público y el ejercicio efectivo de las competencias municipales». Las facturas tampoco especificaban el nombre o el número de comensales ni las fechas exactas. La de mayor volumen se elevaba a 8.063 euros: la empresa la emitió el 5 de abril de 2015, un mes antes de las elecciones, pero hacía alusión a una serie de servicios desplegados durante los cinco años previos, un retraso en la reclamación de pago «poco habitual» en el sector de la hostelería.

Facturas repetidas

Barranca trató de acreditar los gastos sospechosos aportando un listado que, sin embargo, no fue aceptado por la instrucción porque no aparecía ni firmado ni sellado ni avalado por ninguna persona o entidad. El Tribunal de Cuentas también puso en cuarentena dos facturas de entre 200 y 300 euros que se atribuyeron a dos almuerzos en las fiestas de Les cassoletes, si bien los servicios estaban fechados en días posteriores.

Algunos recibos aplicaban un IVA hinchado y otros se facturaron hasta en tres ocasiones. Así, en 2013, una comida de Navidad a la que asistieron todos los trabajadores del ayuntamiento, el alcalde y el equipo de gobierno se facturó los días 18, 25 y 26 por distintos importes. El exalcalde culpó de la situación a la empresa, por los «errores a la hora de cuadrar las fechas», así como a la «carencia de medios humanos» del ayuntamiento.

El gobierno municipal del PSPV se querelló hace unos meses contra Barranca por una presunta malversación en el cobro de dietas que la interventora muncipal no vio justificadas.