La sentencia ha llegado justo a tiempo. La Audiencia Provincial de Valencia le ha dado la razón al Ayuntamiento en el litigio que mantiene con la comunidad de propietarios de la finca ubicada en plaza de la Virgen número 4 ya que los vecinos se oponen a la extensión de un toldo que ha provocado daños en el inmueble. Así llevan tres años y medio de desencuentros y dos juicios, los dos ganados por el ayuntamiento, mientras el toldo „que costó 300.000 euros„ sigue plegado en el tejado de la Basílica de la Virgen. Sin embargo, y si los vecinos afectados no acuden al Tribunal Supremo, el entoldado se desplegará en Fallas, una de las citas de la ciudad para las que, precisamente, fue ideada una cubierta reversible en la década de los 70 en aras de mantener la plaza de la Virgen aislada de las inclemencias climatológicas y que permitiera dejar a un lado los postes móviles que se colocaban hasta entonces. Por eso, la infraestructura del toldo afecta a la Basílica y a la finca situada enfrente, que cuenta con unos anclajes en la fachada para sujetar los cables que actúan de guías para plegar y desplegar el toldo.

De hecho, los anclajes son la clave, según la Audiencia Provincial, para ratificar el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia y confirmar el derecho que ha adquirido el ayuntamiento para extender el toldo. «No nos hallamos ante actos de mera tolerancia sino ante actos que reflejan la existencia de la servidumbre constituida para la extensión del toldo», asegura la sentencia. Es más, el fallo no deja ningún fleco suelto: «De lo que no tenemos ninguna duda es de que a principios de la década de 1970 se comenzó a instalar el toldo enganchado a la finca de los demandados».

Y es que para el juez, la presencia de los de los anclajes en la fachada «denotan una situación de permanencia, no de temporalidad, y su ejecución, sólo pudo llevarse a cabo previo acuerdo expreso de los propietarios de las viviendas en las que se encuentra cada enganche y, por ello, de todo el inmueble. No podemos estimar que la comunidad demandada permitiera la instalación de unos anclajes definitivos, unidos a la fachada, con unas poleas y unos cables, de la entidad que tienen los que existen en la finca de los demandados, como actos de mera tolerancia que perduran, al menos, desde hace 45 años, como indica la propia parte apelante en su recurso».

Pero ahí no queda la cosa. Otro de los argumentos esgrimidos por el juez para justificar la «servidumbre» del edificio es el «silencio» mantenido por los vecinos durante más de cuatro décadas ya que estos se opusieran al toldo cuando, en 2011, el ayuntamiento estaba inspeccionado los anclajes para la extensión de una nueva cubierta. « El silencio de la comunidad de propietarios desde la citada fecha y por tanto, la ausencia de manifestaciones en contra de los anclajes y de los toldos, también revelan una conformidad con los mismos, puesto que periódicamente se extendían los toldos, y lógicamente los vecinos, sufrían las consecuencias negativas de su instalación, sin mostrar por ello su disconformidad o quejas».

Además, la sentencia refleja las «obras de gran envergadura» realizadas por el ayuntamiento, que colocó hasta 7 anclajes en la fachada para la extensión del toldo. Una obra que, tal como indica el fallo, obliga «a que se ejecuten las obras entrando en las viviendas, para lo que es necesario contar con el consentimiento de cada uno de los vecinos».

De esta forma, la Audiencia Provincial vuelve a darle la razón al ayuntamiento al reconocer una «servidumbre» del edificio y condena a los vecinos a permitir tanto la extensión del toldo como las labores de mantenimiento de los anclajes.

El ayuntamiento debe ahora revisar toda la estructura ya que, aunque el nuevo toldo se montó en el tejado de la Basílica de la Virgen en 2011, lleva plegado desde entonces a la espera de que finalizara el litigio con los vecinos. De esta forma, y si no hay más recursos, el toldo de la Virgen se extenderá en Fallas. El gobierno de Rita Barberá celebra, así, una sentencia que ha llegado justo a tiempo.