¿Para qué sirve el derecho civil valenciano?

Entidades, instituciones y colectivos que representan a la sociedad salen hoy a la calle para reiterar una reivindicación: que se vuelva a conceder el derecho foral a la autonomía

Concentracion por derecho civil valenciano con todas las fuerzas políticas excepto VOX y la sociedad civil en 2022

Concentracion por derecho civil valenciano con todas las fuerzas políticas excepto VOX y la sociedad civil en 2022 / German Caballero

Violeta Peraita

Violeta Peraita

«Un arma del autogobierno muy importante», «una cuestión de identidad valenciana», «una deuda histórica con la Comunitat Valenciana». Todas estas ideas son parte de la defensa del Derecho Civil Valenciano. Pero, ¿qué significa en la práctica poder hacer uso de un derecho civil propio? ¿De qué manera influye en la vida de los valencianos y valencianas el volver a disponer de los históricos Fueros valencianos? En las siguientes líneas se tratará de perfilar qué es el derecho civil valenciano y por qué la sociedad sale hoy a la calle para reivindicarlo y exigir que se reconozca e incluya de forma explícita en la Constitución Española.

Una historia que empieza en el siglo XIII, cuando Jaume I otorgó a la sociedad valenciana una serie de normas de la vida común a las que denominó Fueros. Era una manera de que el pueblo valenciano se gobernara a sí mismo y de adaptar las normas a las realidades del territorio. Estas formas de funcionar entre civiles estuvieron en vigor hasta el siglo XVIII y durante todo este tiempo desarrollaron y modernizaron la sociedad valenciana. Sin embargo, en 1707, el monarca Felipe V eliminó el derecho civil valenciano, una serie de normas que sí se recuperaron en otras autonomías como Aragón, Cataluña, Islas Baleares, País Vasco, Navarra y posteriormente Galicia por tener competencias agrarias en el siglo XIX.

Así lo explica Javier Palao, decano de la Facultad de Derecho de la Universitat de València (UV). El especialista dice que el derecho civil permite «actualizar los derechos civiles con más agilidad y de acuerdo al modo de vida de los valencianos» y que tras muchos siglos en la Comunitat solo se ha mantenido el derecho a actuar por «costumbre» en la ley propia de contratos agrarios. «No se puede legislar por costumbres en una sociedad moderna». El Estatuto de Autonomía, primero el de 1982 y después con su reforma en 2006, dedica siete artículos a abordar el derecho civil valenciano pero el Tribunal Constitucional tumbó en 2016 la aplicación de varias leyes que, a diferencia del texto valenciano, consideró que no eran constitucionales. Pero...¿de qué leyes hablamos?

Pues bien, el derecho civil valenciano se divide, principalmente en dos patas: el derecho de familia y el de sucesiones. En la reforma de 2006 del Estatuto de Autonomía se reconocía el derecho civil en cuatro leyes: la del régimen económico matrimonial (separación de bienes de facto cuando se contrae matrimonio a no ser que se manifieste la voluntad contraria); la ley de custodia compartida («avanzada a su tiempo», dicen los expertos); la ley de parejas de hecho y la ley de contratos agrarios, para regular las transacciones de productos del campo y el arrendamiento de tierras.

Las tres primeras las tumbaron en 2016, aunque durante el proceso judicial, beneficiaron a más de 250.000 valencianos, según explica el presidente de Juristas Valencianos, José Ramón Chirivella, que pudieron casarse bajo esta legislación «autonómica» y todavía siguen bajo el paraguas de esta norma aunque formalmente está derogada. «El tribunal constitucional solo reconocen las normas que se basan en las ‘costumbres’ valencianas y no recurren los contratos agrarios, aunque esta norma es claramente inconstitucional porque incide en las bases de contratación», opina, por su parte, Javier Palao.  

Por otra parte, los cambios en el derecho de sucesiones que podrían aplicarse con el derecho civil foral se contemplan en el Anteproyecto de Ley Valenciana de Sucesiones del año 2009 que trata de dar solución a la manera de organizar las herencias en varios puntos. Repasemos algunos de ellos.

En primer lugar, la legítima. El derecho valenciano quiere libertad para dejar testamento a quien la persona en cuestión quiera y no necesariamente a la descendencia («algo que ocurre ya en Navarra», dice Palao). De hecho, también contempla la posibilidad de desheredar a descendientes cuando hay casos de maltrato psicológico, algo que se se puso sobre la mesa durante la pandemia. Asimismo, da cobertura para la persona viuda para poder utilizar la vivienda habitual aunque fuera propiedad del marido/mujer o pareja estable durante el primer año del duelo. El conocido como «any de plor». Respecto a la legítima, hay un tema que preocupa especialmente en territorio valenciano por su tejido empresarial familiar y es la sucesión de la mercantil cuando muere la persona fundadora. La ley valenciana da más libertad a la hora de gestionar el traspaso.

Otro tema son los testamentos, se permite redactar un testamento "por apoderado", es decir, que lo elabore una tercera persona y un testamento "mancomunado", entre dos o más personas para detallar que si uno muere, el heredero sería el otro.

«Si nos dieran la postestad, si nos reconocieran el derecho civil valenciano, incidiríamos en el derecho de familia y los derechos de sucesiones, no aspiramos a más», dice Palao. Objetivo: agilizar trámites y adaptar la norma a la sociedad valenciana. «Somos muy diferentes a la tradición de la norma en la meseta», señala Palao.

¿Por qué ahora?

Ahora que se plantea toca la Constitución Española para cambiar del artículo 49 el término "disminuidos" para referirse a las personas con discapacidad. Las entidades e instituciones que defienden el derecho civil valenciano también inciden en la oportunidad que supone para añadir una "disposición adicional" para poder adaptar la carta magna española de manera que la Comunitat Valenciana pueda hacer uso de su derecho civil foral, tal como sí se reconoce en el Estatuto de Autonomía.

"Si no se toca el artículo 49 es muy difícil que se pueda tocar la disposición adicional", reflexiona Palao. Pese a que todos los partidos a nivel autonómico apoyan la reivindicación, la realidad es que llegar a Madrid es toparse con un gran muro. "La oposición son los partidos de ámbito nacional". La sensación: indignación.

Autoestima y convicción

«De un tiempo que será el nuestro, de un país que nunca hemos hecho, canto las esperanzas y lloro la poca fe», decía Raimon. "A los valencianos nos falta fe", reitera Javier Palau, decano de la facultad de derecho de la UV. "Aunque la fe no lo es todo", señala. "Necesitamos apoyo a nuestras reivindicaciones". 

"Hay una discriminación hacia los valencianos y es conveniente que lo pongamos de manifiesto"

José Ramón Chirivella

— Presidente de Juristas Valencianos

"Estamos preocupados por la falta de protagonismo político de los valencianos. Nuestros actos han sido ejemplares", reflexiona Chirivella. "Creemos que hay una discriminación hacia los valencianos y es conveniente que pongamos de manifiesto que no estamos satisfechos con el estado actual. Llevamos años reivindicando estos derechos civiles que nos corresponden por historia", señala.

"Aún hay tiempo"

Por último, concluye Chirivella: "Aún queda mucho tiempo de tramitación parlamentaria. La motivación de la concentración es que todavía tenemos tiempo para que se apruebe, junto con la modificación del articulo 49". Con todo, "hay que recordar que los valencianos llevamos mucho tiempo reivindicando lo que nos corresponde por historia y que desde hace 3 años hay una propuesta de reforma constitucional remitida por las Corts, antes de que se presentara el proyecto para modificar la palabra disminuidos".