El TSJ desestima la reclamación del VCF a Riba-roja de 25 millones por el PAI Porxinos

El tribunal valenciano ratifica la sentencia de 2021 al considerar que el club «no se empobreció» al obtener 141 millones de plusvalías por los terrenos

Considera que el consistorio tramitó el PAI pero la ley urbanística impidió que saliera adelante

Terrenos donde se preveía el PAI de Porxinos, en Riba-roja de Túria, en una imagen de archivo.

Terrenos donde se preveía el PAI de Porxinos, en Riba-roja de Túria, en una imagen de archivo. / FERNANDO BUSTAMANTE

Amparo Soria

Amparo Soria

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado el recurso impuesto por la empresa Litoral del Este, del Valencia CF, por el que exigía 25,1 millones de euros al Ayuntamiento de Riba-roja de Túria al haberse anulado el convenio que preveía la construcción de una ciudad del deporte en la partida de Porxinos, en el término municipal del Camp de Túria. Una sentencia que llega dos años y dos meses después de la última resolución judicial y que viene a ratificar lo que en ella se expuso: el consistorio no tendrá que devolver los 25 millones invertidos por el club ya que los terrenos adquiridos le revirtieron unas plusvalías de 141 millones de euros y no hubo empobrecimiento en el patrimonio de la empresa. 

En este sentido, el TSJ desestima el recurso «en su totalidad». El PAI fue impulsado en 2004 por el Valencia C.F, la Conselleria de Ordenación del Territorio que dirigía Rafael Blasco y por el gobierno del PP en Riba-roja, con Francisco Tarazona al frente. El club invirtió 25 millones a través de Litoral del Este para gastos, mejoras e indemnizaciones a propietarios de los terrenos. El espacio se vendió después a la promotora madrileña Nozar, que entró en concurso de acreedores tras la crisis de 2008 y nunca ejecutaron las obras, una situación agravada por el cambio de la normativa autonómica, más estricta que años anteriores en los asuntos medioambientales. 

El PAI de Porxinos quedó entonces abandonado, declarado nulo por el nuevo gobierno socialista del ayuntamiento en 2015. Sin embargo, solo un año después Litoral del Este presentó de nuevo toda la documentación para iniciar un nuevo PAI que pasó a denominarse «Ciudad Deportiva Riba-roja de Túria». El consistorio lo aceptó a trámite pero la legislación medioambiental ya no avalaba proyectos de este calibre con las características de 2005. 

En ese segundo intento de sacar adelante el proyecto urbanístico que fue de nuevo frustrado, la empresa interpuso un recurso contencioso-administrativo que fue turnada en el Juzgado número 2 de València, hasta que el 28 de julio de 2021 se desestimó ese recurso al considerar que los terrenos comprados le reportaron a la entidad valencianista unas plusvalías de 141 millones de euros. «Si invirtió 25,1 millones y ha obtenido de las expectativas de la actuación anulada más de 141 millones en plusvalías, ningún daño o perjuicio le ha reportado», concluía la sentencia de la sala valenciana. 

En esta misma línea se expresó en su sentencia el TSJ publicada ayer mismo. Responde a la mercantil que «no se dan los requisitos de la responsabilidad patrimonial, ya que no se ha acreditado perjuicio; el mero hecho de que el PAI inicial fuera desestimado no conlleva la responsabilidad patrimonial; la empresa demandante ha obtenido con el PAI, a pesar de su nulidad, una plusvalía de más de 130 millones de euros». Además, especifica que «la actuación del ayuntamiento ha sido ajustada a derecho y con arreglo a la Ley 5/2014».

Enriquecimiento injusto

La empresa acusaba también al consistorio de enriquecimiento injusto al haberse apropiado de los 25 millones que el club invirtió en el municipio. Sin embargo, el TSJ considera «que la empresa demandante no ha sufrido empobrecimiento en su patrimonio sino todo lo contrario». En este sentido, la sentencia relata que la empresa enajenó fincas y derechos edificatorios, adquiridos por 29,8 millones, por 160,7 millones que también debería devolver y no puede. Eso es lo que pretende indicar la sentencia, que no puede indemnizar un daño que no ha existido». 

El «desinterés» de la empresa de reactivar el proyecto urbanístico

La sentencia del TSJ también hace hincapié en que durante el segundo intento de Litoral del Este por activar el PAI, en 2016, «la empresa ya no tenía ningún interés ni en el PAI ni en el proceso de selección de agente urbanizador, todo ello con independencia de la actuación (correcta a juicio del tribunal) del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria». El tribunal hace referencia al caso omiso que hizo la mercantil cuando tras presentar toda la documentación en 2016 para reactivar el PAI, el consistorio inicia los trámites y le requirió especificar los metros cuadrados de suelo urbanizable hasta en dos ocasiones. El tribunal también explica que la alcaldía inició los trámites en abril de 2016 y en junio la empresa «ya había presentado una reclamación de responsabilidad contractual y extracontractual donde solicitaba la misma cantidad pedida en el presente proceso, 25,1 millones».