¿Cuántos concejales se eligen en cada municipio el 28M?

El número de regidores se mantiene intacto en las 61 localidades de la Costera, la Canal y la Vall d'Albaida pese a la pérdida de población

Xàtiva. Pleno Ordinario

Xàtiva. Pleno Ordinario / PERALES IBORRA

S. Gómez

Los vecinos que residen en los municipios de la Costera, la Canal y la Vall d'Albaida elegirán el 28 de mayo a un total de 1.233 regidores que a su vez escogerán a los 61 alcaldes de las tres comarcas.

El número de actas de concejales en cada ayuntamiento se mantendrá invariable durante el próximo mandato respecto al que ahora agota sus últimos compases, a pesar del ligero descenso demográfico que se ha experimentado en el territorio, puesto que la composición de los consistorios depende del número de habitantes de cada localidad.

La cifra de ediles que le corresponde a cada municipio está regulada por el artículo 179 de Ley Orgánica de Régimen Electoral General, que estipula que cada término municipal constituye una circunscripción en la que se elige el número de concejales según la siguiente escala:

- Hasta 100 residentes: 3 concejales

- De 101 a 250 habitantes: 5 concejales

- De 251 a 1.000: 7

- De 1.001 a 2.000: 9

- De 2.001 a 5.000: 11

- De 5.001 a 10.000: 13

- De 10.001 a 20.000: 17

- De 20.001 a 50.000: 21

- De 50.001 a 100.000: 25

La Delegación del Gobierno ha publicado un anuncio este miércoles en virtud del cual el reparto del número de concejales de las corporaciones locales de cara a la próxima legislatura queda así en las comarcas de la Costera, la Canal y la Vall d'Albaida:

PARTIDO JUDICIAL DE XÀTIVA

L'Alcúdia de Crespins: 13 concejales

Alfarrasí: 9 concejales

Anna: 11

Barxeta: 9

Bellús: 7

Benigànim: 13

Benissuera: 5

Bicorp: 7

Bolbaite: 9

Canals: 17

Cerdà: 7

Chella: 11

Enguera: 11

Estubeny: 5

El Genovés: 11

La Granja de la Costera: 7

Guadasséquies: 7

Llanera de Ranes: 9

Llocnou d'En Fenollet: 7

La Llosa de Ranes: 11

Moixent: 11

Montesa: 9

Navarrés: 11

Novetlè: 7

La Pobla del Duc: 11

Quatretonda: 11

Quesa: 7

Rotglà i Corberà: 9

Sempere: 3

Torrella: 5

Vallada: 11

Vallés: 5

Xàtiva: 21

PARTIDO JUDICIAL DE ONTINYENT

Agullent: 11 concejales

Aielo de Malferi: 11

Albaida: 13

Atzeneta d'Albaida: 9

Bèlgida: 7

Beniatjar: 5

Benissoda: 7

Bocairent: 11

Bufali: 5

Carrícola: 3

La Font de la Figuera: 11

Fontanars dels Alforins: 7

Montaverner: 9

L'Olleria: 13

Ontinyent: 21

Otos: 7

El Palomar: 7

PARTIDO JUDICIAL DE GANDIA

Aielo de Rugat: 5 concejales

Benicolet: 7

Castelló de Rugat: 11

Llutxent: 11

Miramar: 11

Montitxelvo: 7

Pinet: 5

Ráfol de Salem: 7

Rugat: 5

Salem: 7

Terrateig: 7

Sistema diferente para los municipios de menos de 250 habitantes

En once municipios con población inferior a 250 habitantes de las tres comarcas, los concejales serán elegidos de acuerdo con el procedimiento que establece el artículo 184 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. En estas localidades, cada partido, coalición, federación o agrupación podrá presentar una lista como máximo de tres nombres si el municipio tiene hasta 100 residentes o de cinco nombres si tiene entre 101 y 250 residentes.

Así, cada elector podrá dar su voto a un máximo de dos entre los candidatos proclamados en el distrito en caso de municipios de hasta 100 residentes o a un máximo de cuatro en los municipios entre 101 y 250 residentes. De esta forma, se efectuará el recuento de votos obtenidos por cada candidato en el distrito, ordenándose en una columna las cantidades representativas de mayor a menor. Serán proclamados electos aquellos candidatos que obtengan mayor número de votos hasta completar el número total de concejales a elegir en función de la población. Los casos de empate se resolverán por sorteo. En caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un concejal, la vacante será atribuida al candidato siguiente que más votos haya obtenido.

Los municipios que se guiarán por este sistema en las elecciones del 28 de mayo son Vallés, Sempere, Estubeny, Torrella, Benissuera, Beniatjar, Bufali, Carrícola, Pinet, Rugat y Aielo de Rugat.

Una de las peculiaridades de las elecciones municipales es que el número de concejales que se elige en todos los ayuntamientos tiene que ser impar. El objetivo es poder generar mayorías en las corporaciones municipales y evitar empates en las votaciones, que podrían bloquear la toma de decisiones o incluso la formación de gobierno, dada una situación de igualdad de fuerzas políticas.