Exoneran a Vallada de la muerte de un joven en los 'bous al carrer' de 2022

El Consell Jurídic Consultiu exime al ayuntamiento de indemnizar a los familiares de la víctima: el dictamen concluye que el festejo cumplía los permisos y que el fallecido participó voluntariamente

El callejón en el que se produjo la cogida del joven, en agosto de 2022.

El callejón en el que se produjo la cogida del joven, en agosto de 2022. / Perales Iborra

Sergio Gómez

Sergio Gómez

El Consell Jurídic Consultiu de la Comuniat Valenciana (CJC) ha exonerado al Ayuntamiento de Vallada de toda responsabilidad en la muerte del joven de 24 años que fue embestido por un toro durante los festejos taurinos de la localidad, en agosto de 2022.

Después de examinar el caso, el órgano consultivo de la administración valenciana concluye que la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por los padres y hermanos del fallecido frente al consistorio de la localidad de la Costera debe ser desestimada, en un dictamen que acaba de hacerse público.

Los familiares solicitaron al ayuntamiento una indemnización de 168.502 euros por el trágico suceso, una vez descontados los 12.000 euros que la entidad aseguradora del Ayuntamiento de Vallada abonó a los progenitores.

La secretaría de la corporación municipal abrió un procedimiento que culminó declarando la inexistencia de responsabilidad patrimonial por parte del ente local, al rechazarse que el joven acudiera a los 'bous al carrer' como espectador, como se sostenía en la reclamación. Por el contrario, a tenor de las pruebas estudiadas, el órgano instructor del expediente consideró que el familiar de los reclamantes "participaba en la suelta de vaquillas, con las consecuencias de ello derivadas".

El dictamen considera que el evento cumplió con la normativa y descarta que el aficionado acudiera como espectador

En este punto, el consistorio remitió el expediente al Consell Jurídic Consultiu para que procediera a examinar el fondo del asunto.

Al procedimiento se incorporaron los testimonios de tres amigos del fallecido que presenciaron los hechos y que coincidieron en declarar que en el programa de las fiestas del 21 de agosto "estaba anunciada la suelta de vaquillas, no figurando el toro que fue sacado en último lugar".

También indicaron que en la calle en la que se produjo la cogida "no había ningún burladero ni otro elemento para poder refugiarse de los toros". Tras embestir a la víctima, el toro cayó sobre el cuerpo del aficionado con todo su peso, ocasionándole un traumatismo torácico-abdominal.

Sin embargo, el informe jurídico que desestimó las alegaciones de los demandantes puso de manifiesto que ese día se soltaron siete reses cuyos nombres y edades aparecían en el programa de actos, "cumpliendo con la normativa exigible para este tipo de festejos". Además, el evento contaba con la preceptiva autorización de la Secretaria Autonómica de Seguridad y Emergencias.

Por otra parte, a partir de las testificales recabadas el Jurídic ve acreditado que el joven discurrió por el circuito de los 'bous al carrer' de Vallada, adquiriendo la condición de "participante" que el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales de la Comunitat Valenciana reserva a aquellas personas que "voluntariamente toman parte de los festejos taurinos, asumiendo el riesgo y responsabilidad que se deriva de su participación".

Según el órgano consultivo, no ha resultado probada la relación de causalidad entre el accidente sufrido por el muchacho "con fatal desenlace" y el funcionamiento del servicio público, teniendo en cuenta "que el espectáculo estaba autorizado y que se cumplió la regulación vigente".

No hubo "defectos" en la organización del evento

El dictamen del CJC recalca que la víctima "se situó dentro del itinerario del toro" y mantiene que el accidente "no se produjo por un defecto de la organización o desarrollo del festejo".

La entidad sostiene que el joven fue advertido previamente del peligro, ya que en esta fiesta taurina, "el astado corre por las distintas calles del pueblo por las que discurre el recorrido, que, en el presente caso, estaba pefectamente acotado".

"Este hecho es conocido por el público en general, lo que obliga a tomar las pertinentes precauciones ante el riesgo que supone la proximidad del toro, si voluntariamente se decide ser participante", ahonda la resolución, que a continuación apostilla: "el comienzo y finalización del festejo viene determinado por lo establecido en el reglamento y por el horario autorizado y los participantes en dicho festejos mantienen su responsabilidad durante todo el trancurso del acto".