El Ayuntamiento de Rocafort retiró hace una semana unos contenedores marítimos utilizados como Café Bar, en virtud de una sentencia de hace un año, que daba la razón a los vecinos respecto a la concesión de la licencia otorgada en su momento por el consistorio. El fallo obligaba a la restitución de la legalidad, aunque el cumplimiento se ha retardado varios meses.

En noviembre de 2019, el TSJ volvía a dar la razón a una comunidad de propietarios del casco histórico sobre la apertura de un bar (noviembre de 2015), creado en un solar residencial con un par de contenedores marítimos. En primera instancia, el juzgado resolvió declarando no conforme a derecho la licencia concedida, ya que ‑una licencia de obras provisional no puede ser concedida en suelo urbano consolidado,‑ y ordenando al ayuntamiento a que procediera a incoar expediente de restauración de la legalidad. En cambio, desestimó la pretensión vecinal de demoler la obra. La comunidad de propietarios recurrió el fallo al TSJ, que esta vez sí aceptó las dos peticiones. La sentencia señala que con la nulidad de la licencia «no cabe otra que la demolición de las obras provisionales, autorizada en la resolución anulada».

La firmeza de la sentencia no llegó al juzgado hasta julio de 2020, con lo que el ayuntamiento tuvo dos meses voluntarios para acatarla, aunque no fue hasta el pasado 8 de enero cuando retiró los contenedores y restituyó la legalidad al solar.

Recurso contra la gasolinera

Por otro lado, un grupo de vecinos de la Bonaigua ha presentado ante el ayuntamiento un recurso de reposición contra la licencia concedida para la instalación de una estación de servicio. Los residentes argumentan que la parcela donde se proyecta la gasolinera está catalogada de uso terciario comercial, pero el Plan Parcial del sector excluye el uso de «servicios para el automóvil», como sería el caso. Por tanto, «el uso prioritario» para dicho suelo «será comercial, básico o secundario», por lo que queda «excluido el uso producción y por consiguiente, las actividades de servicios del automóvil». Por todo ello, concluyen que la parcela «no es compatible urbanísticamente para la implantación de la actividad pretendida». Desde el consitorio señalan que lo tramitarán y se resolverá de manera oportuna.