La junta electoral también sanciona al Ayuntamiento de l'Alcúdia por vulnerar la ley
Recientemente han ocurrido casos similares en Algemesí y Tous
La Junta Electoral de Zona ha sancionado al Ayuntamiento de l'Alcúdia, como ya lo hiciera previamente con los de Algemesí y Tous, por vulnerar la Ley Electoral, ya que desde el 4 de abril, momento en el que se convocaron las elecciones del próximo 28 de mayo, no se pueden publicitar logros de gestión a través de los canales de comunicación oficiales de los consistorios, como sus redes sociales.
En este caso, Compromís denunció varias publicaciones de las redes del ayuntamiento al considerar que podían ser contrarias al artículo 50.2 de la Ley Electoral, que prohíbe cualquier acto organizado o financiado por los poderes públicos y que se hace extensible a las comunicaciones mencionadas. Entre ellas figuran el anuncio de la inversión en un parque o en renovación del alumbrado.
A pesar de que la junta ordenó su supresión, la formación valencianista ha lamentado que dos días después estas todavía figuraban en las redes sociales del ayuntamiento.
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