Absuelta la mujer acusada de atentar contra un agente policial en Algemesí

El juzgado no halla pruebas que certifiquen la versión policial

La afectada ganó un pleito anterior tras imponerle una multa por falsificación

Varios testigos negaron que la acusada atacara a nadie y precisaron que fue el guardia quien se abalanzó sobre ella

La plaza en la que ocurrieron los hechos.

La plaza en la que ocurrieron los hechos. / Levante-EMV

A. C.

El juzgado de lo penal número tres de València ha absuelto por falta de pruebas a la ciudadana que fue detenida y encarcelada durante tres horas tras mantener una tensa discusión con un agente de la Policía Municipal de Algemesí que le instó a identificarse ante la puerta del edificio en el que vivía su madre, a la que había ido a recoger para trasladarla al hospital. El vehículo estaba aparcado en una zona peatonal y el incidente culminó nada menos que con grilletes, el traslado de la mujer al calabozo y la presentación de una querella contra ella por un delito de resistencia y atentado contra la autoridad, de la que ha salido inmune aunque deberá cargar con los costes que le acarrea el largo proceso judicial. El fiscal y la acusación le reclamaban veinte meses de prisión, aunque el tribunal no ha podido acreditar que agrediera al policía ni que se resistiera gravemente a la detención.

Jefatura de la Policia local de Algemesí.

Jefatura de la Policia local de Algemesí. / Levante-EMV

Los hechos que narra la sentencia tuvieron lugar poco después de la una del mediodía del 24 de enero de 2020 en la plaza del Mercado de Algemesí. La acusada había estacionado el coche, la puerta del vehículo estaba abierta y ella llamaba al timbre para que bajara su madre cuando un agente, acompañado por el comisario-jefe de la Policía Local, se aproximó para reclamarle que retirara el turismo. El incidente se antoja surrealista si no se valora el antecedente que tuvo lugar en ese escenario apenas tres semanas antes con la misma mujer de protagonista. Entonces la conductora fue multada con 200 euros por mostrar una fotocopia de una tarjeta de minusválidos en lugar del original. El guardia hizo constar en la denuncia que el documento estaba presuntamente falsificado. Indignada con el trato que le había dispensado, la afectada acudió al retén policial para presentar una queja formal. Allí le atendió el máximo responsable del cuerpo policial.

Segundo encontronazo

No había pasado ni siquiera un mes cuando volvieron a verse las caras, aunque en este caso el enfrentamiento fue mucho más grave. Las versiones que han llegado al juzgado a través de los testimonios aportados por ambas partes «resultan contradictorias», según subraya el tribunal, que también alega que las pruebas practicadas han resultado insuficientes «para determinar con certeza cuál fue la conducta de la acusada a los efectos de verificar si reviste la entidad suficiente para aplicar el tipo penal que requiere el delito de atentado o, alternativamente, el delito de resistencia». 

El jefe de la policía local llegó a afirmar que la acusada había dado un puñetazo al agente y que después le cogió de la pechera hasta arrastrarle al suelo. La mujer, en cambio, recurrió a las cámaras de seguridad del banco en busca de pruebas. Varios testigos aceptaron prestar declaración y negaron con rotundidad en todos los casos que hubiera atacado al agente y aseguraron que fue el inspector que acompañaba al jefe policial quien se abalanzó sobre la mujer para arrebatarle el móvil con el que la acusada llamó a su abogada y que, acto seguido la redujo tirándola de espaldas al suelo para inmovilizarla poniéndole la rodilla en el cuello y luego esposarla.

Fue trasladada a un calabozo «pringado de heces humanas en las paredes» durante horas y sufrió un ataque de ansiedad hasta que aceptaron llamar a su abogada. «Si esto lo hacen conmigo, ¿cuáles son sus prácticas habituales», se pregunta. Hoy todavía sufre secuelas con contracturas en el cuello y otros trastornos psicológicos

La sentencia absolutoria también hace constar «la falta de constatación de lesiones en el agente actuante u otros elementos objetivos» capaces de corroborar que el inspector hubiera sido atacado. En estas circunstancias, el fallo judicial estima que no puede determinarse «con la certeza exigida por el derecho penal la concreta conducta llevada a cabo por la acusada» y opta por aplicar la duda que le plantea la veracidad de los hechos investigados en beneficio de la vecina. Las costas se declaran de oficio.

Descartada la falsificación

El juzgado seis de Alzira también le absolvió del delito de supuesta falsificación de documento público en el caso de la fotocopia de tarjeta de minusválido de su tía, pero asegura que todavía no le han devuelto el dinero. En cambio, el juzgado número dos de Alzira la condenó a 20 meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio, aunque el recurso que planteó se ha resuelto con la absolución.