El TSJCV ratifica 20 años de prisión al criador de caballos de Torrent que esclavizó y mató a su capataz

La sentencia califica de «ociosa y descabellada» la teoría de la muerte por un golpe de calor planteada por los peritos de la defensa

El TSJCV ratifica 20 años de prisión al criador de caballos de Torrent que esclavizó y mató a su capataz

Ignacio Cabanes

Filipe Jorge Da Costa, reputado experto portugués en doma clásica de caballos, fue encontrado el 27 de agosto de 2021 agonizando a los 66 años en las caballerizas de una finca de Torrent dedicada a la cría, doma y venta de equinos, en la que era explotado laboralmente, en una situación próxima a la esclavitud. El dueño de la explotación lo trasladó al Hospital General de València, donde lo abandonó ya cadáver dando datos falsos sobre su identificación y asegurando que era un vecino al que había encontrado inconsciente en un campo. Posteriormente trataría de hacer creer a la policía que las lesiones que presentaba se las había causado uno de los animales y, ya encarcelado por estos hechos y ante un jurado popular, la estrategia defensiva se centró en un informe de unos peritos de parte que atribuían la muerte a «un golpe de calor en unión con las diversas enfermedades que padecía Da Costa». 

El jurado lo tuvo claro y lo declaró culpable y la Audiencia Provincial le impuso una condena de veinte años y diez meses de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad, un delito contra la integridad moral, y otro contra los derechos de los trabajadores (por el que también deberá pagar una multa de 6.000 euros). 

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha ratificado dichas penas tras desestimar las alegaciones planteadas por la defensa y cuestionar la pericial de los doctores Cabrera y Delgado, cuya tesis califica de «ociosa y descabellada». Además aclara que su informe parte incluso de «informaciones inexactas» y que «pasan de puntillas por el informe ampliatorio de autopsia»

La víctima falleció como consecuencia de los múltiples traumatismos sufridos, a lo largo del tiempo, y especialmente de los recibidos ese 27 de agosto de 2021, compatibles con un palo de 1,41 metros de largo con una extremidad más ancha de cinco centímetros de diámetro, que el principal testigo vio blandir al acusado horas antes tras recriminarle a su capataz la rotura de una llave del agua de las cuadras. Dichos golpes le provocaron una rabdomiólisis y embolia grasa sistémica y su muerte por disfunción multiorgánica, como así concluyeron los forenses del Instituto de Medicina Legal de València. «Siendo casi digna de sonrojo la hipótesis de causa de la muerte por un golpe de calor», remarca el fallo.

Filipe Jorge Da Costa Vaz, la víctima.

Filipe Jorge Da Costa Vaz, la víctima. / Levante-EMV

Le colocaba un cartel con insultos

La sentencia también confirma como probado «el trato degradante que menoscababa su integridad moral». Felipe Arenas, de 60 años, se dirigía a su trabajador con constantes insultos, gritos, amenazas, llegando incluso a ponerle un cartel al cuello que decía que era un mentiroso y otras expresiones degradantes.

Se tenía que curar con productos para caballos

«En un paso más allá en su rutina de maltrato a Filipe Da Costa, cogió por norma golpearle siempre que le venía en gana, sin que se le permitiera acudir a ningún centro sanitario a recibir la necesaria asistencia médica, y viéndose la víctima obligada a curarse como podía con productos destinados a curar a los caballos de la cuadra.

Esta situación se agravó especialmente en los últimos tiempos anteriores a la muerte, ya que en la autopsia pudieron apreciarse lesiones que databan de tiempo atrás al día en que se produjo la muerte de la víctima, y que le habían ocasionado, incluso, lo que es conocido como «oreja de coliflor o boxeador», deformación del pabellón auricular que se produce como resultado de golpes propiciados a lo largo del tiempo.

Dicha sucesión de golpes y agresiones tuvo como «guinda», como así indica la Sala, «la brutalidad aplicada sobre la víctima a manos del acusado, cuando éste se encontraba ya sumamente debilitado a causa de la ya mencionada rutina de golpes y maltrato instaurada».

Descarta el ensañamiento

Aunque la sentencia de la Audiencia Provincial dejaba abierta la puerta al asesinato al apreciar «una conducta realmente cruel, agresiva y abusiva por parte del acusado hacia la víctima», el TSJCV no contempla finalmente el ensañamiento que solicitaba la acusación particular, ejercida por el letrado José Manuel Feliu, ya que el jurado no halló pruebas suficientes para demostrar que el encausado se ensañara con la víctima con la intención de causarle más dolor y sufrimiento.