El Supremo admite el recurso de la Generalitat contra la paralización de la ZAL

Tendrá que decidir si la evaluación ambiental simplificada es suficiente, como defiende el Consell

Planificación de la ZAL del Puerto.

Planificación de la ZAL del Puerto. / Levante-EMV

José Parrilla

José Parrilla

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (sección primera) ha admitido a trámite los recursos de la Generalitat Valenciana y la asociación Valencia Plataforma Intermodal y Logística SA contra la paralización de la Zona de Actividades Logísticas del Puerto de València. El alto tribunal deberá decidir si para unos terrenos que ya han sido urbanizados y que se han urbanizado de manera oficialmente ilegal es necesaria una evaluación ambiental estratégica simplificada, como defienden los recurrentes, o una evaluación ordinaria, como dictaminó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana a instancias de la asociación Per L'Horta.

El plan especial de la ZAL, terrenos situados entre el puerto y La Punta, fue aprobado por la Conselleria de Vivienda el 17 de diciembre de 2018 y venía a restaurar cierto orden en esta área industrial después de que los tribunales dictaminaran repetidamente que se había realizado de forma irregular, incluyendo las expropiaciones de huerta y desalojo forzoso de los vecinos.

Primer recurso ante el TSJ

No obstante, ese plan fue recurrido por la Asociación Ciudadana Per L'Horta ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y este les dio la razón parcialmente al estimar que debió tramitarse una evaluación ambiental estratégica ordinaria y no simplificada, como había hecho la administración autonómica.

Esa resolución dividió en su día a la clase política, pues Compromís creía que la sentencia había que acatarla y devolver los terrenos a su estado primitivo. La Generalitat, sin embargo, entendió que el proceso no estaba finalizado y era posible defender su proyecto en los tribunales, por lo que recurrió esa sentencia, lo mismo que hizo Valencia Plataforma intermodal y Logística SA.

Los recurrentes lamentaban que el TSJ "no atribuyera ninguna virtualidad al hecho incuestionado de que el suelo sobre el que se aprobaba el Plan Especial de la ZA ya estaba urbanizado".

Comparecencias previas

En octubre del año pasado, el Supremo pidió a las partes que ratificaran y argumentaran sus posiciones -hecho que ya se consideró un indicio de admisión del recurso- y las recurrentes, además de defender el plan, lamentaban que el TSJ "no atribuyera ninguna virtualidad al hecho incuestionado de que el suelo sobre el que se aprobaba el Plan Especial de la ZAL ya estaba urbanizado".

Ahora, con fecha 1 de marzo de 2023, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo admite oficialmente el recurso con la finalidad de avaluar la "relevancia" que pueda tener el hecho de que los suelos ya estuvieran organizados y se hubiera hecho de forma irregular en la decisión de hacer una evaluación ambiental estratégica ordinaria o simplificada.