Los centros de Servicios Sociales tendrán un año más para adaptar sus plantillas y hasta 2027 para mejorar sus instalaciones

El Consell tiene previsto aprobar esta semana ampliar los plazos del decreto de Tipologías para que las entidades tengan más tiempo para cumplir con las nuevas ratios y características de los centros y residencias

Imagen de un centro ocupacional de la C.Valenciana.

Imagen de un centro ocupacional de la C.Valenciana.

Mónica Ros

Mónica Ros

El decreto de Tipologías de Servicios Sociales actualiza las ratios, aumenta los profesionales, organiza servicios y programas, y define las funciones de cada centro y servicio. Fue diseñado por el Botànic para «poner en orden el sistema» y criticado por entidades del sector desde el minuto cero de su aprobación porque los plazos concedidos para ponerse «al día» con la nueva norma eran muy breves. El decreto se tramitó por vía de urgencia y se aprobó en tiempo de descuento, dos meses antes de las elecciones autonómicas que situaron a Carlos Mazón al frente de la Generalitat Valenciana y a Susana Camarero como consellera de Servicios Sociales.

Una de las primera medidas que tomó Camarero fue poner freno al decreto de Tipologías y tramitar su modificación de manera urgente para escuchar a las partes implicadas. La principal crítica se centraba en «la premura» con la que se aprobó el decreto y en el poco plazo que concedía a las entidades para implantar el nuevo modelo. Por ello, el Consell tiene previsto aprobar esta semana la modificación del decreto para ampliar unos plazos que mejoran, entre otras cosas, el tiempo para adaptar las instalaciones, las plantillas, las figuras profesionales, las ratios y la revisión de los expedientes, entre otros.

Y es que el Consell ha modificado las disposiciones transitorias primera, cuarta, séptima, novena, decimonovena y vigesinotercera.

Disposiciones transitorias

De entrada «se amplía el plazo en un año para la adecuación de los centros, servicios y programas de servicios sociales actualmente autorizados, en cuanto a las denominaciones y contenidos». En la Disposición Transitoria Cuarta se añade un nuevo apartado para que los centros que no hayan iniciado el expediente de autorización con anterioridad a la entrada en vigor del decreto de Tipologías, pero sí cuenten con un visado previo del proyecto técnico y de ejecución de obra, «puedan obtener la autorización de funcionamiento».

En el apartado que aborda las instalaciones, se añade un período de dos años para que los centros autorizados adapten sus instalaciones a los requisitos establecidos en la nueva normativa (que ya fijaba dos años, de forma que se aumenta hasta 4 el período lo que da un plazo hasta marzo de 2027). Ahora bien, el documento también recalca que las residencias que se deben reestructurar en «unidades convivenciales» tendrá de tiempo hasta el 31 de diciembe de 2029 para poder hacerlo. Además, la incorporación del «terapeuta ocupacional» a los programas de atención domiciliaria se hará de forma progresiva entre 2025 y 2027.

  • Las ratios en sí no se modifican pero sí el plazo para que las empresas y entidades cumplan con las mismas. Así, figura que con caracter general se añade un período de un año para que los centros adapten sus plantillas, figuras profesionales, ratios y titulaciones a los requisitos establecidos en el Decreto 27/2023. Sin embargo, para las residencias de personas mayores se ajusta la modificación al calendario propuesto en el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre criterios comunes de acreditación de calidad de los centros y Servicios del Sistema de Atención a la Dependencia, de 20 de junio de 2022, que según a patronal está fijado para diciembre de 2029.

Suscríbete para seguir leyendo