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Tribunales

La familia Corbín Barberá pide la nulidad de todo el caso Azud por "inquisitorial"

Arremete contra la Agencia Tributaria, la Fiscalía y la jueza de Instrucción 13 por realizar una investigación "prospectiva"

El abogado José María Corbín, junto a una de sus hijas, el primer día que acudió a firmar tras quedar en libertad, el 2 de mayo de 2019. M.A.Montesinos

La familia Corbín Barberá, investigada al completo en el caso Azud, arremete contra todas las instancias que han intervenido en la investigación de la causa que tildan de "prospectiva" e "inquisitorial". Los cinco miembros de la familia han presentado tres recursos de apelación en los que piden a la sección tercera de la Audiencia de València, la encargada de revisar sus alegaciones, la nulidad de toda la causa, viciada, aseguran, desde el inicio, por admitir los hechos denunciados en un anónimo que llegó a la Agencia Tributaria el 12 de enero de 2016.

Una denuncia que la defensa del abogado José María Corbín considera "vaga, genérica en hechos y tiempos, y no acompañada de pruebas de ningún tipo". Y ataca, como el resto de familiares, la investigación inicial de la Agencia Tributaria que, alega debería haberse limitado a los años tributarios no prescritos (de 2012 a 2017, por los que abonó una cantidad de 400.000 euros) en lugar de remontarse a los años "2006 y 2007" que "ya estarían prescritos" para cualquier delito tributario.

Jose María Corbín considera un despropósito toda la investigación. "Carece de justificación alguna la apertura de un proceso penal para comprobar unos hechos que, de ser acreditados, en ningún modo serían constitutivos de delito. Como no lo son: ser familiar de doña Rita Barberá (alcaldesa de València 1991-2015). La naturaleza de unos clientes (en referencia a los contratistas del Ayuntamiento de los que Corbín declaraba ingresos). El ganar dinero con 1 o 3 trabajadores. El no repartir beneficios sociales", señala a las sospechas iniciales planteadas tanto por la Agencia Tributaria como por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y la Fiscalía Anticorrupción.

El letrado también arremete contra la titular del Juzgado de Instrucción 13 de València, quien inició las diligencias previas contra él como principal investigado, el 22 de abril de 2017, y que acordó "el secreto de las actuaciones por un plazo de 30 días, que han acabado siendo cinco años. Una medida restrictiva que afecta al derecho a conocer la acusación y al efectivo ejercicio del derecho de defensa". Y añade que la investigación realizada en este tiempo responde a lo que el Constitucional y el Supremo consideran investigaciones prospectivas: 'Por si a resultas de las mismas aparecen indicios de delito". Corbín pide la nulidad del auto de incoación del caso Azud, una nulidad que "vicia en su inicio la causa y debe necesariamente suponer la nulidad de todo lo instruido".

La mujer de Corbín y sus tres hijas en otros dos recursos, apuntan en similar dirección. Asunción Barberá Nolla (hermana de la alcaldesa) afea a la Agencia Tributaria que iniciara las pesquisas "pese a que solamente existe un volumen inusual en la cifra de negocio del despacho para los gastos que se tienen, los indicios para denunciar son que han leído en la prensa que parte de las empresas [que contrababan a Corbín] tienen problemas legales y que don José María Corbín está casado con la hermana de doña Rita Barberá, que había sido alcaldesa de la ciudad de València. Para iniciar una investigación es poco lo que hay. Pero se ve que a la Fiscalía le sobra".

Barberá Nolla también acusa a la Fiscalía Anticorrupción de presentar denuncia en el Juzgado de Instrucción 13 "sin indicios de ninguno de los delitos por los que se denuncia: prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, cohecho y blanqueo de capitales". Y a la magistrada del Juzgado de Instrucción 13 la acusa de "limitarse a copiar y pegar la denuncia del Fiscal, de un modo procesalmente dudoso". Además de iniciar una "causa general" sin "ningún indicio de delito".

La defensa de la mujer de Corbín también alega vulneración del derecho a la intimidad, al haber autorizado la magistrada del caso Azud la intervención de los correos de Corbín Abogados SL por lo que, alega, "siendo un despacho de abogados se podía tener acceso a comunicaciones de abogado cliente que están especialmente protegidas por nuestro derecho". Por ello solicita que "dicha autorización debe anularse y excluirse de la prueba todo lo obtenido por esos medios". Y concluye sobre los autos de prórroga del secreto de la instrucción, que ha durado "cinco años, cuando la Lecrim establece que no puede durar más de un mes. Una duración que más bien escandaliza". Y que, según el abogado de Asunción Barberá, ha provocado "una real indefensión" debido al "transcurso del tiempo que limita las posibilidades de las defensas".

Y cita como ejemplo "la factura de destrucción de documentos de diciembre de 2018, que sirve al juzgado para el ingreso en prisión" de José María Corbín. Y a la que la defensa de su mujer da otra explicación. "Dado el tiempo transcurrido se han destruido documentos que podrían haber ayudado a la defensa del señor Corbín y su familia. Elementos que en 2007 justificaban los motivos de sus cobros y que ahora ya no existen". Por ello considera que "tan solo el archivo de la instrucción podría restaurar el orden jurídico violentado por una instrucción sin motivo y sin causa", medida que Asunción Barberá solicita directamente a la sección tercera de la Audiencia de València.

Por último, las tres hijas del matrimonio Corbín Barberá presentan un escrito conjunto en el que denuncian "lo atípico que se inicien unas diligencias de investigación sobre la base de una denuncia anónima que no sería, en condiciones normales, merecedora de mayor atención por el receptor". Por ello arremeten contra la inspectora de la Agencia Tributaria que abrió el expediente inicial quien "imbuida del carácter de juez instructora, aconseja que se inicien investigaciones en Fiscalía, por si los hechos denunciados supusieran algún tipo de infracción penal".

La defensa de las tres hermanas Corbín Barberá también critican que la Fiscalía Anticorrupción "estuvo investigando de forma ininterrumpida a lo largo de medio año a espaldas al investigado [en referencia a su padre] conscientemente, de suerte que, sin control jurisdiccional alguno, pudiere llevar a cabo cuantas diligencias estimare en el marco de una investigación de naturaleza claramente prospectiva". Una actuación que "supuso que se llevaran a cabo diligencias preparatorias de otras, también preparatorias, desarrollándose a modo de inquisición, desde enero de 2016 hasta marzo de 2017, conculcando mientras tanto el derecho de defensa y principio de contradicción".

También critican que la magistrada del Juzgado de Instrucción 13 no realiza una inicial valoración jurídica al iniciar las diligencias de investigación, "que ha sido manifiestamente obviada por la instructora, que se ha limitado a reproducir en seis líneas, una fórmula estereotipada, lejos de cualquier mínimo amago de la motivación legal y jurisprudencialmente exigida, como establece la doctrina constitucional". Y concluyen: Nos encontramos, claramente, en una investigación viciada desde su comienzo, ejecutada de manera absolutamente prospectiva y sin argumentos iniciales que permitan señalar una figura concreta penal en relación a una persona concreta y en base a hechos concretos" por lo que piden la nulidad de la actuación.

Bellver rechaza personarse en Azud porque cree que "no hay razón" para ello

El diputado autonómico del PP y vicepresidente segundo de la Mesa de las Corts, Jorge Bellver, rechaza la posibilidad de personarse en el caso Azud, como le ha ofrecido la jueza que lo investiga, porque no cree que exista razón alguna para ello. La titular de Instrucción 13, en una providencia había ofrecido esta posibilidad a Bellver para que ejerciese sus derechos como "estimase conveniente" y citaba en dicho escrito un auto del pasado 29 de enero de 2021, cuando la causa todavía estaba secreta.

Es este auto, precisamente, al que se agarra Bellver, según fuentes próximas al diputado, para rechazar la posibilidad de personarse, ya que en el mismo la jueza apuntó que no existían indicios delictivos contra él. Por ello Bellver entiende que la oferta de personación "lo único que pretende es garantizar su derecho a la tutela judicial efectiva".

En el citado auto, la jueza instructora apuntaba que, en aquel momento procesal, "no había indicios suficientes o principios de prueba" que permitiesen la elevación de la causa al TSJCV para investigar a Bellver. Asimismo, abogaba por continuar con el análisis de toda la documentación existente, sin perjuicio de resultado que dicho análisis diese lugar. Esta reflexión la hacía la jueza en respuesta a un atestado de la UCO en el que se describían unos hechos, así como la recepción de regalos, en los que aparecía la participación de Bellver, que en aquel momento era teniente de alcalde y responsable del área de Urbanismo de València.

La UCO atribuye a Bellver haber participado en diversos procedimiento administrativos de los que se habría beneficiado el Grupo Axis, una de las firma de la supuesta trama corrupta, que obtuvo adjudicaciones del Ayuntamiento o de alguno de sus entes. La jueza respondió en su auto, coincidiendo con la posición del fiscal, que "para la asunción de la competencia -por parte del TSJCV- es menester que existan suficientes indicios de responsabilidad contra la persona aforada", algo que en aquel momento entendía que no se producía. 

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