Caso Erial
La Audiencia acepta la recusación del magistrado que iba a ser ponente de la sentencia de Zaplana
La decisión se adopta sin realizar una instrucción de los hechos ya que el magistrado ha aceptado apartarse
La sección quinta de la Audiencia de València ha aceptado la recusación contra el magistrado de la sección cuarta, José Manuel Megía Carmona, que había sido designado ponente del caso Erial, en el que se juzgará a Eduardo Zaplana y catorce personas más. Los magistrados aceptan la recusación planteada por el abogado Vicente Grima y su defendido en el caso Erial, Vicente Cotino, que impugnó la designación como ponente de Megía Carmona, ante el historial de denuncias y abstenciones que han protagonizado ambos desde 1997.
Como adelantó Levante-EMV, el abogado Vicente Grima denunció por un presunto delito de cohecho al magistrado Megía Carmona, al que acusaba de ofrecer rebajas de penas a cambio del pago de un millón de pesetas por cada año de condena reducido. Otros indicios que se recabaron durante la investigación realizada entre 1996 y 1999 también apuntaban al cobro de presuntas dádivas «a cambio de retrasar o agilizar expedientes o recursos de indultos y la ejecución de condenas, en función de los presuntos pagos acordados». La causa fue finalmente sobreseída provisionalmente porque «los indicios no estaban debidamente justificados».
La decisión de apartar al magistrado Megía Carmona del caso Erial se produce sin llegar a realizar ninguna instrucción sobre estos hechos porque ha sido el mismo juez el que ha aceptado la recusación. Ya intentó abstenerse cuando el abogado Vicente Grima presentó un escrito en el que detallaba las causas por las que Megía Carmona debía apartarse del caso Erial, como había sucedido siempre que ambos coincidían desde 1996.
Los tres magistrados de la sección quinta que firman el auto que acepta la recusación señalan que la ley orgánica del poder judicial recoge la posibilidad de que un juez recusado acepte como cierta la causa de recusación por lo que "se resolverá el incidente sin más trámites". Y es lo que ha sucedido en esta situación. "Siendo que el magistrado recusado ha aceptado la causa de recusación formulada pues ya en su momento consideró necesario formular causa de abstención por las detalladas razones expuestas en su informe de 14 de marzo de 2023, si bien ésta le fue denegada, procede ahora estimar la recusación formulada". La decisión es firme y contra ella no cabe ningún recurso.
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