La fiscal del Supremo pide tres penas de prisión permanente para el asesino en serie de Marta Calvo

La acusación pública solicita que el alto tribunal enmiende al TSJ de València y le imponga, como mínimo, una permanente revisable por el asesinato de Marta Calvo

También reclama otros 84 años por intentar matar a las seis supervivientes

Teresa Domínguez

Teresa Domínguez

La fiscal del Tribunal Supremo pide para el asesino en serie Jorge Ignacio Palma Jacome, condenado por los asesinatos consumados de Arliene Ramos, Lady Marcela Vargas y Marta Calvo entre marzo y noviembre de 2019, tres condenas de prisión permanente revisable por cada uno de esos crímenes, tal como ha adelantado este lunes en exclusiva Levante-EMV. En este momento, el criminal permanece en una cárcel española, cumpliendo los 159 años y 11 meses que le impuso primero la Audiencia de València y que confirmó después el TSJ, aunque introduciendo algunos cambios irrelevantes.

Sin embargo, ahora, la acusación pública del Supremo recupera la tesis de las acusaciones particulares y estima que Palma es merecedor de esa importante condena porque se cumple el segundo supuesto del artículo 140 del Código Penal que regula la permanente revisable, dado que dio muerte a las tres mujeres de manera subsiguiente, que es lo que requiere ese artículo, a su violación. Es decir, las mató porque las había agredido sexualmente, para evitar que pudieran denunciarle y las consecuencias de esa denuncia.

En caso de no atender el alto tribunal esa petición, la fiscal solicita una vía alternativa: que sea condenado a una condena de prisión permanente revisable al cumplirse también el tercer supuesto del artículo 140, esto es, que haya sido condenado por matar a dos o más personas con anterioridad. Dado que Marta fue asesinada el 7 de noviembre, y que por las dos anteriores ya ha sido condenado por asesinato en la sentencia emitida por la Audiencia de València, primero, y por el TSJCV, después, ese crimen, el de la joven de Estivella le convierte en acreedor directo de la permanente revisable por la vía del artículo 140.3.

Y no se queda ahí. La acusadora pública le pide, además, otros 14 años por cada uno de los seis intentos de asesinato cometidos contra las mujeres que sobrevivieron a los encuentros sexuales con Palma, esto es, otros 84 años más.

El Tribunal Supremo verá en breve el recurso que presentaron tanto las acusaciones particulares en nombre de las tres fallecidas y las seis supervivientes de la mano de sus abogados, los penalistas valencianos Juan Carlos Navarro, Isabel Carricondo, Pilar Jové, Vicente Escribano y Laura Muñoz.

Dada la postura de la Fiscalía del Supremo, es más que probable que el alto tribunal comparta la tesis de las acusaciones particulares y anule la sentencia impuesta primero por la magistrada-presidenta del tribunal de jurado, en septiembre de 2022, cinco semanas después de que el jurado lo considerase culpable de todos los delitos en su vertiente más grave poco después de concluir el juicio, y seis meses después por el TSJCV, en marzo de 2023.

Huyeron de la máxima condena

La magistrada-presidenta del jurado soslayó la permanente revisable con un rizo lingüístico sobre el uso del pretérito pluscuamperfecto en el enunciado del artículo, argumento que, para entonces, ya había rechazado el alto tribunal español. Así, fijó esa condena de 159 años y 11 meses. Además, dejó sin castigo el delito contra la integridad moral de la familia de madre, pese a que el jurado consideró en su veredicto que sí era culpable también de ese hecho.

En cuanto al TSJ, decidió evitar la permanente revisable con una argumentación distinta: concluyó que el de Marta Calvo no podía ser considerado el tercer asesinato porque, según la ponente de esa sentencia, los crímenes «fueron cometidos en unidad de acto y secuencialmente unidos», es decir, no los considera seriales, a pesar de el primero lo perpetró el 25 de marzo en un prostíbulo de la plaza de Cánovas, en València; el segundo, tres meses después, el 25 de junio, en un piso dedicado a la prostitución, en la avenida de la Plata, en València; y el tercero, el 7 de noviembre en una de las dos casas que alquilada, en la de Manuel.

Ninguna de las dos magistradas contempló la posibilidad, argumentada por las acusaciones en el juicio, de que se le aplicaran tres condenas por haberlas matado a las tres después de violarlas. De hecho, la primera jueza esgrimió que no era merecedor de una, «y mucho menos de tres».

La Fiscalía del Supremo, sin embargo, refuta totalmente las dos sentencias y recupera, sin fisuras, el argumento de las acusaciones particulares durante todo el procedimiento contra Palma.