Se podrán quemar rastrojos a más de 500 metros de zona forestal, por plagas y en replantaciones

La Conselleria de Interior y Justicia aclara los supuestos en que sí se podrá usar el fuego con autorización previa tras el enfado del campo

Imagen del incendio forestal declarado en Tàrbena.

Imagen del incendio forestal declarado en Tàrbena. / TONI PADILLA

Minerva Mínguez

Minerva Mínguez

Los propietarios de cultivos a más de 500 metros de distancia de terrenos forestales podrán continuar con la actividad de quema en las mismas condiciones que existían previamente a la resolución publicada el lunes en el Diari Oficial de la Generalitat donde se vetaba el uso del fuego para evitar el riesgo de incendios. Se mantiene por tanto la prohibición en márgenes de cultivo o de residuos vegetales en aquellas ubicadas en parcelas forestales, colindantes o situadas en Zona de Influencia Forestal.

La aclaración ha tenido que hacerla la Conselleria de Justicia e Interior tras el malestar generado entre los principales sindicatos agrarios, AVA-Asaja y la Unión Llauradora, que reclamaban una alternativa al Consell. Ambas organizaciones recordaban la dificultad de poder cumplir con la orden del gobierno valenciano en primavera. Tanto Carles Peris, de la Unió Llauradora, como Cristobal Aguado, de AVA, coincidían en las mismas reclamaciones.

Motivos fitosanitarios

Otra de las excepciones que contempla la Generalitat y que sí están incluídas en la resolución del lunes, que no se ha modificado por el momento, es la de alegar motivos fitosanitarios -algún tipo de plaga-. En este caso, y previa autorización tras solicitud expresa, la Administración competente puede dar luz verde. Un supuesto también recogido es el de la investigación u otros motivos de urgencia que no permitan su aplazamiento, como es el caso de la poda en campos de leñosas que están pendientes de quema para la replantación o transformación.

La poda de un agricultor arde en plena quema agrícola en un campo valenciano.

La poda de un agricultor arde en plena quema agrícola en un campo valenciano. / ED

Trámite telemático

En estos casos, las solicitudes podrán presentarse en cualquier registro oficial, preferentemente en la Oficina Comarcal Agraria a la que pertenezca la explotación, o bien a través del trámite telemático genérico: procedimiento. Desde el departamento que dirige la consellera Elisa Núñez se remarcaba que estas medidas tienen un carácter excepcional y, tal como indica el punto sexto de la resolución, si las circunstancias que han motivado su publicación cambiaran, se podría publicar otra resolución que autorizara de nuevo las quemas.

Mazón en el PMA del incendio de Tàrbena junto a la consellera Elisa Núñez y la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé

Mazón en el PMA del incendio de Tàrbena junto a la consellera Elisa Núñez y la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé / Levante-EMV

El Visor Cartogràfic de la Generalitat

Para saber si una parcela está a más o menos de 500 metros de terrenos forestales, desde la conselleria se indica que en el visor cartográfico del Institut Cartogràfic Valencià se dispone de la capa “Zona de Influencia Forestal (ZIF) 500 m” que indica las áreas que se encuentran a menos de 500 metros de terrenos forestales y, por tanto, sobre las que se ha prohibido la quema. Puede accederse al visor a través del siguiente enlace:  visor. La ruta de acceso a la capa es la siguiente: Medio Ambiente > Prevención de Incendios > Zona de Influencia Forestal (ZIF) 500 m, y es visible a partir de la escala 1:50.000.