Adif acude al juzgado para no cumplir el soterramiento ordenado por Alfafar
La entidad pide en el Tribunal Contencioso Administrativo la cautelar para suspender la orden de ejecución emitida por el consistorio, que requería al Ministerio acabar con las vías y el paso a nivel por incumplir la normativa acústica y de accesibilidad
El pulso entre el Ayuntamiento de Alfafar y Adif por el soterramiento de las vías y la eliminación del paso a nivel continúa. Esta vez ha sido el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) el que ha acudido al juzgado para intentar frenar al consistorio. En concreto, ha solicitado ante el Tribunal Contencioso Administrativo nº 5 de Valencia la adopción de medidas cautelares citadas, al amparo de los arts. 129 y ss LJCA 29/98, consistente en la suspensión de la Resolución de alcaldía de 22 de diciembre de 2023, que desestimó el recurso de reposición presentado por Adif contra la Resolución nº 2023/2769, de 14 de septiembre de 2023, que aprobó con carácter definitivo la orden de ejecución que requería, entre otros extremos, el soterramiento de las vías férreas y la eliminación del paso a nivel con barreras.
En esa orden de ejecución, el consistorio de l’Horta Sud pide al Miteco y Adif que adopten las medidas correctoras necesarias a fin de cumplir con la normativa referenciada europea, estatal y autonómica en materia de calidad ambiental, acústica, seguridad pública, emergencia, accesibilidad y perspectiva de género, y cese de forma inmediata, que pasa indefectiblemente por el soterramiento de las vías férreas y eliminación del paso a nivel con barreras que tantas muertes ha provocado hasta hoy.
Adif presentó un recurso de reposición en diciembre contra la orden de ejecución que fue desestimado por el ayuntamiento, es por eso que ahora ha dado el siguiente paso que era acudir al juzgado, donde ha pedido la cautelar y la apertura de una pieza separada.
Adif, prácticamente repite los argumentos que presentó en su recurso de reposición. Se basa en la falta de competencia -que llega a calificar de «obscena»- que tiene un organismo municipal como el ayuntamiento para para variar una infraestructura ferroviaria estatal, cuyo único competente para hacerlo es el Estado. Por tanto, considera que la orden de ejecución es nula de pleno derecho.
También argumentan que una obra de ese tipo debe tener una planificación y proyección adecuadas para velar por la seguridad que ahora mismo no tiene. Incluso matizan que "no discutimos la conveniencia de las obras de soterramiento, pero sí la oportunidad, que debe ser valorada y ponderada atendiendo a las diversas variables cuyo análisis está ausente en la orden de ejecución emitida por el Ayuntamiento de Alfafar y cuya consideración compete al Estado".
Rechazo del consistorio
Precisamente es la falta de competencia la que alude el Ayuntamiento de Alfafar para oponerse a las medidas cautelares solicitadas por Adif. Para el consistorio, y así lo refleja la resolución emitida este mismo martes, «por la naturaleza y régimen jurídico de Adif su carácter de ente institucional y funciones de gestión pública limitadas a tales funciones de administrador de la infraestructura estatal, queda su legitimación e interés público limitado a dicha competencia derivada, sin que pueda arrogarse la totalidad de la defensa de las competencias estatales». Es decir, el consistorio considera que es el Ministerio el único que tiene potestad para pedir la suspensión de la orden de ejecución que implica el soterramiento de las vías y que Adif está suplantando su función pública.
Alfafar sí defiende su legitimidad para solicitar la orden de ejecución del soterramiento basándose en la defensa del interés general, que se apoya en las 25.000 denuncias presentadas por los vecinos contra la contaminación acústica que vulnera la normativa y que ha ocasionado cuadros diagnosticados de insomnio y ansiedad, así como el incumplimiento de las normas de seguridad pública y emergencia y la vulneración del derecho universal de accesibilidad.
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