Anticorrupción recurre la sentencia absolutoria del caso Alquería para evitar el "clientelismo político"

La Fiscalía pide repetir el juicio con otro tribunal distinto al que absolvió a los trece acusados

El alcalde de Ontinyent, Jorge Rodríguez, acude a la Ciudad de la Justicia, para celebrar el juicio del caso Alquería en el que fue absuelto.

El alcalde de Ontinyent, Jorge Rodríguez, acude a la Ciudad de la Justicia, para celebrar el juicio del caso Alquería en el que fue absuelto. / Germán Caballero

La Fiscalía Anticorrupción solicita al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que ordene repetir el juicio del caso Alquería con otro tribunal distinto al de la sección primera de la Audiencia de València que absolvió al alcalde de Ontinyent, Jorge Rodríguez, y otros doce acusados de los delitos de prevaricación, malversación y falsedad en la contratación de siete altos directivos (aunque hubo 9 contratos) en la empresa pública Imelsa entre 2015 y 2018.

La Fiscalía Anticorrupción alega en su recurso que la sentencia absolutoria de la sección primera de la Audiencia de València «contienen afirmaciones fácticas y jurídicas que no tiene sustento legal y contradicen normas esenciales del ordenamiento tendentes a impedir precisamente lo que la sentencia dictada da por válido», los nueve contratos de altos directivos en Imelsa sin concurso público. Y añade que la sentencia ahora recurrida «alienta una concepción de la empresa pública incompatible con los postulados de la Constitución y el Estatuto Básico del Empleado público». Anticorrupción también considera que la sentencia de la sección primera defienda que «el personal contratado sea seleccionado por ideología política de los partidos que, en este caso, conformaban el gobierno de la Diputación de València, es contrario a las exigencias legales que establece el legislador precisamente para evitar el clientelismo político en la contratación de personal en las empresas públicas». 

De ahí que la Fiscalía insista en que «designar a personas afines políticamente sigue siendo una designación al margen de los principios legales y constitucionales recogidos en la ley, de aplicación obligatoria y sin que quepan relajaciones, ni interpretaciones contrarias al texto constitucional». Porque, recuerda Anticorrupción, «la creación de empresas públicas no está para implantar políticas sino para una mejor gestión de los servicios públicos, No están puestas al servicio de los políticos, sino de los ciudadanos».   

"Normalizar la situación no justifica su legalidad"

La proximidad de los contratados a los partidos políticos que les proporcionaron un empleo público «no lo ocultaban, ni lo disimulaban, lo cual puede dar una idea de lo normalizado que se encuentra la situación, lo cual no implica que pueda justificar con ello su legalidad». De hecho, la tesis de la Fiscalía Anticorrupción es que se nombró a las personas en la nueva estructura de Imelsa «y después se intentó justificar dichos nombramientos» lo que demuestra a su juicio, «la inutilidad de las direcciones creadas políticamente» que limita a «una decisión política para cobrar un salario público». 

Además en el recurso la Fiscalía Anticorrupción afea a los magistrados de la sección primera que omitan en la sentencia el informe elaborado por la interventora del Estado, ratificado en el juicio, que «ningún trabajo era asimilable a un contrato de alta dirección, ni de simple directivo» como demuestra que tampoco se hiciera un informe de necesidad de las contrataciones. Y que los despidos de los altos directivos «no supusiera una merma de la actividad» de Divalterra, heredera de Imelsa

Y que tampoco se hayan tenido en cuenta las declaraciones del secretario de la Diputación de València, de los directivos denunciantes o del auditor quien testificó que el expresidente de la diputación «no implantó ningún control, sino más bien desmanteló los existentes». Y nunca llegó a aprobar el compliance para la empresa pública.  

De ahí que el representante del Ministerio Público insiste en acusar a las 13 personas absueltas de los presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad cometidos al contratar a nueve altos directivos (siete en 2015 y dos en 2018) en Imelsa-Divalterra, sin respetar la legalidad para «evitar el clientelismo político» en las instituciones públicas.

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